Cuatro años de prisión para el dueño de un bar de Granada por los ruidos de la terraza

  • No solicitó licencia para la terraza y colocó dos televisores y una minicadena.
  • Debe indemnizar a una familia con 24.000 euros.
  • El establecimiento estaba en Atarfe (Granada) y un informe pericial señaló que superaba los decibelios permitidos.
Imagen de la terraza de un bar.
Imagen de la terraza de un bar.
GTRES
Imagen de la terraza de un bar.

El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro año de cárcel a Juan B. M. B. por un delito contra el medio ambiente por el ruido que provocaba la terraza de su bar, en Atarfe (Granada).

El condenado abrió la terraza del establecimiento sin contar con licencia y decidió instalar dos televisores con una minicadena conectada a varios altavoces, que emitían ruido por encima de los niveles permitidos legalmente. De hecho, el informe pericial realizó una medición en una de las viviendas colindantes donde se marcaba 53 decibelios, cuando la ley establece que no se pueden superar los 48.

El Supremo reduce la condena de 6 a 4 años, que ya le impuso la Audiencia en el mes de marzo a este empresario, por considerar que corresponde aplicar la pena mínima al delito, pero junto con el agravante de no haber pedido autorización para la actividad.

El Supremo estima que "hasta a la más burda de las sensibilidades se le alcanzan las graves consecuencias que la emisión de ruido, en las condiciones que lo hacía el acusado, deriva en grave desasosiego para quienes la padecen". Además añade que que el acusado actuó con "voluntad de persistir en el comportamiento con grosero olvido de los derechos de los demás sacrificados al puro egoísmo del autor".

El establecimiento, según la Audiencia de Granada, estuvo abierto durante varios años con la minicadena y los televisores sin ningún tipo de limitadores acústicos. Lo que ocasionó, dice, "que los vecinos no pudieran descansar".

El dueño de este bar ha sido también condenado a indemnizar con 24.000 euros a una familia que vivía al lado del establecimiento. El Supremo además considera que los afectados no son sólo los miembros de esta familia, sino también  al resto de vecinos. Por ello deberá pagar otras multas de 2.160 cada una por cuatro faltas de lesiones.

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