La Seguridad Social reclama 790.000 euros a más de 1.370 morosos

Algunas empresas llegan a acumular deudas por más de 68.000 €. Si no responden en 15 días, se les embargarán sus bienes.
La Tesorería General de la Seguridad Social reclama a más de 1.370 morosos de la provincia de Zaragoza casi 790.000 euros por impagos. Entre los deudores, que podrían ser embargados en 15 días si no responden al aviso, hay tanto empresas como particulares y autónomos, a los que se les advierte, vía Boletín Oficial de la Provincia, por impagos que oscilan entre los 8 y los 32.000 euros.

Los avisos fueron publicados ayer, y suponen el último paso antes de proceder al embargo de bienes, después de haber intentado localizar de forma infructuosa al deudor. La mayor parte del importe adeudado corresponde a empresas de la capital aragonesa y su entorno. En total, deben más de 562.000 euros en concepto de impagos a la Seguridad Social. Algunas empresas acumulan, sin embargo, hasta 25 deudas por importes totales superiores a los 68.000 euros. Hay tres avisos por importes superiores a 32.000 euros, una docena que oscilan entre 7.000 y 17.000 euros y más de una treintena que están entre los 3.000 y los 6.000 euros.

Aparte de las empresas, la Seguridad Social reclama 166.200 euros a cientos de autónomos, 45.400 euros a trabajadores por cuenta ajena en el sector agrario y unos 14.900 euros a empleados del hogar. En estas dos últimas categorías, la inmensa mayoría corresponde a trabajadores inmigrantes, que suelen ser muy difíciles de localizar por la Administración.

Todavía pueden recurrir

Los morosos cuyos nombres fueron publicados ayer en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza disponen de 15 días  naturales para pagar la deuda. En caso contrario, la Administración puede proceder a embargar sus bienes en una cantidad suficiente para satisfacer la deuda y los recargos correspondientes. Con todo, el deudor tiene la posibilidad de formular un recurso de alzada en un plazo de un mes si considera que hay algún error en la publicación o en el importe de la deuda o si considera que el importe ya fue pagado, aunque no registrado por la Administración.

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