El juez no ve "motivos suficientes" para culpar a alguien de la muerte de la anciana de Peñamefécit

El Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo del caso abierto por la muerte de una anciana de 84 años en su domicilio del barrio jiennense de Peñamefécit, en diciembre del pasado año, al no apreciarse "motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada", a pesar de que a finales del pasado mes de marzo se les imputó un presunto delito de homicidio a un hijo y a un nieto de la fallecida.

El Juzgado de Instrucción número 2 de Jaén ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo del caso abierto por la muerte de una anciana de 84 años en su domicilio del barrio jiennense de Peñamefécit, en diciembre del pasado año, al no apreciarse "motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada", a pesar de que a finales del pasado mes de marzo se les imputó un presunto delito de homicidio a un hijo y a un nieto de la fallecida.

Así se recoge en el auto de sobreseimiento y archivo de la causa, fechado el pasado 3 de julio y consultado por Europa Press, en el que, no obstante, el juez que lo rubrica, Antonio Valdivia, precisa que "de lo actuado se desprende que los hechos investigados son constitutivos de infracción penal, si bien no existen motivos suficientes para atribuir su perpetración a persona alguna determinada".

Por eso, y tal como adelanta en su edición de este miércoles 'Diario Jaén', el juez ha decidido ordenar el archivo de la causa al amparo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tras concluir que "de las actuaciones practicadas no se deducen indicios de la suficiente entidad y contundencia como para atribuir una concreta y específica participación delictiva a ninguna de las personas inicialmente imputadas".

De esta manera, según añade el auto, "las sospechas iniciales, que debían de ser comprobadas, y para cuya acreditación se han practicado numerosas actuaciones de instrucción no arrojan datos o elementos de juicio suficientes para atribuir a ninguno de los dos inicialmente imputados participación en los hechos".

Y es que, "pese a las contradicciones en las que incurren y los hechos que relatan, alguno de los cuales no ha podido ser cotejado, no puede concluirse con su participación, habiéndose agotado por otra parte las líneas de investigación inicialmente abiertas".

Al hilo de ello, el juez alude a las "pruebas biológicas" que se esperaban recibir por parte de la Policía Nacional realizadas en el lugar de los hechos, que, según han indicado a Europa Press fuentes del Cuerpo, se remitieron hace más de dos meses al juzgado.

Podría reabrirse

Tras la recepción de dichas pruebas "no existen otras diligencias a practicar, ni por parte de la Policía Judicial se encuentra pendiente la práctica de diligencia alguna, ni se ha interesado por ninguna de las partes otra diligencia de instrucción", concluye el juez para justificar el sobreseimiento de la causa, "sin perjuicio de la reapertura si se aportaran elementos nuevos que lo hicieran procedente".

Cabe recordar que el suceso se produjo en la calle Jacinto Higueras de Jaén, donde un hijo de la referida mujer de 84 años la encontró muerta el 28 de diciembre del pasado año, tendida en el suelo "con un fuerte golpe en la cabeza".

La autopsia practicada determinó que el fallecimiento se produjo como consecuencia de "varios golpes" en la cabeza, lo que llevó a la Policía a concluir que se trataba de un homicidio por el que en marzo resultaron imputados un hijo y un nieto de la anciana, que, no obstante, fueron puestos en libertad tras prestar declaración judicial por la "debilidad" de los indicios hallados contra ambos.

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