El juez prohíbe homenajes a etarras en las fiestas de cuatro localidades navarras

  • La Guardia Civil ya denunció varias de estas convocatorias.
  • Se iban a celebrar distintos actos de homenaje en las localidades navarras de Viana, Ancín, Bacicoa y Puente de la Reina.
Imagen de miembros de ETA en el comunicado del final de su actividad armada.
Imagen de miembros de ETA en el comunicado del final de su actividad armada.
GARA
Imagen de miembros de ETA en el comunicado del final de su actividad armada.

El juez de la Audiencia Nacional ha prohibido homenajes a etarras convocados entre este jueves y el lunes próximo en las localidades navarras de Viana, Ancín, Bacaicoa y Puente la Reina en el marco de sus fiestas de verano.

En un auto el magistrado acuerda la prohibición de actos convocados por los perfiles en Facebook de Ibán Arbizu Leza, el de bakaiko.info, www.guaixe.net y www.issuu.com, así como el de garesko auzalan en la misma red social y en Twitter y en la web www.gareskoauzalan.com "visto su carácter presuntamente delictivo".

El juez comunica la resolución a la Delegación del Gobierno y a la Policía Foral de Navarra, así como a la Policía Nacional y a la Guardia Civil para que se adopten las medidas necesarias para prevenir un posible enaltecimiento terrorista con escarnio a las víctimas y en su caso se identifique a los responsables y se impida la celebración de los actos.

El magistrado explica que la Guardia Civil denunció varias de estas convocatorias a efectos de su prohibición, en concreto comidas, cenas, brindis y concentraciones a favor de los presos y huidos de ETA, sobre los que también ha informado la Policía Nacional.

Explica que los actos están convocados por "personas vinculadas al entorno abertzale como Iván Arbizu  Leza y Francisco Javier Vélez Medrano, que ha militado en organizaciones que han sido anuladas por ilegales por el Supremo o que ha sido candidato de EAE-ANV anulada por el mismo tribunal el 8 de febrero de 2008".

Concreta que Garesko Auzalan es una plataforma anulada por el Tribunal Supremo el 3 de mayo de 2003.

Se usa iconografía de entidades ilegalizadas

El auto agrega que en las convocatorias de los actos se usa una iconografía de entidades ilegalizadas por su vinculación con la banda terrorista ETA como Gestoras Proamnistía y su sucesora Alkartasuna, así como Herrira que tiene suspendidas por dos años sus actividades.

Explica que es una "iconografía y lenguaje en los que se habla de huidos o exiliados políticos vascos junto con los presos de ETA, que no tiene otra finalidad que enaltecer su trayectoria o personas en actos públicos".

Advierte de que ello constituiría delito de enaltecimiento o justificación por cualquier medio de expresión pública del terrorismo o de los terroristas etarras, que además de recrear el dolor de sus víctimas es un acto que debe prohibirse para evitar la perpetuación de una actividad delictiva.

Explica que estos actos están en el marco de las "instrucciones dadas por ETA para mantener la fidelidad de sus militantes en las cárceles y fuera de las prisiones y activar su masa social captando otros posibles para que no decaiga la capacidad de movilización ni cunda la resignación".

Para ello "propone prestigiar y ensalzar los modelos de lucha que suponen los presos mediante presencia y propaganda callejera", apunta.

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