Llombart dice se han iniciado tramites para subsanar el "defecto de forma" de la orden de jubilización forzosa

El conseller de Sanidad Manuel, Llombart, ha sostenido este jueves sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anula la orden que obligaba al personal sanitario a jubilarse, de manera forzosa, a los 65 años, que se han iniciado los trámites para "subsanar los defectos de forma" de la norma.
Manuel Llombart en una imagen de archivo
Manuel Llombart en una imagen de archivo
Europa Press
Manuel Llombart en una imagen de archivo

El conseller de Sanidad Manuel, Llombart, ha sostenido este jueves sobre la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anula la orden que obligaba al personal sanitario a jubilarse, de manera forzosa, a los 65 años, que se han iniciado los trámites para "subsanar los defectos de forma" de la norma.

Así lo ha manifestado Llombart a los medios de comunicación tras la visita al nuevo consultorio auxiliar Arquitecto Tolsá perteneciente al Departamento de Salud Valencia La Fe, a preguntas de los periodistas.

Según el responsable de Sanidad de la Comunitat, el Tribunal Superior ha realizado "una estimación parcial" del recurso interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F) y ha insistido en que el tribunal "no entra a valorar el fondo por lo que entiende que el fondo es adecuado y entiende que hay un defecto procedimental".

En este sentido, Llombart ha subrayado que lo que existe es "un defecto de forma" en cuanto a lo que es la aplicación del procedimiento y ha asegurado que se trata de un defecto de "fácil subsanación" que el Gobierno valenciano ha iniciado los tramites para corregir de forma "rápida".

La Conselleria de Sanidad anunció este miércoles que interpondrá un recurso de casación contra la sentencia que anula la orden. Sanidad señaló que de las sentencias dictadas por el tribunal se desprende que el recurso presentado por el sindicato CSIF contra el Plan y la Orden "ha sido estimado sólo parcialmente", ya que "ratifica el contenido del mismo —no muestra disconformidad respecto al fondo— y advierte de deficiencias formales". Es decir, el contenido del Plan y de la Orden "quedan avalados en dichas sentencias", estima.

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