La Comisión Europea ha advertido de que iniciará procedimientos de infracción contra los estados miembros que en el plazo de seis meses no hayan aplicado el Reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos, aprobado en 2004.
El ejecutivo de la UE presentó el miércoles un informe de evaluación de los resultados de este Reglamento, que establece normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos.
Progresos, pero no suficientes
La Comisión Europea aseguró que "aunque se hayan registrado algunos progresos desde su entrada en vigor, deben tomarse otras medidas importantes para velar por que las compañías aéreas apliquen las normas de forma más consecuente y por que los Estados miembros las hagan cumplir mejor".
Por ejemplo, las aerolíneas no suelen informar a los pasajeros de sus derechos en caso de alteración de sus vuelos, aunque el Reglamento les obligue a hacerlo porque los pasajeros necesitan esa información para poder reclamar sus derechos.
El Reglamento introduce nuevas normas sobre la compensación y la ayuda a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque, cancelaciones, grandes retrasos y cambio involuntario a una clase inferior.
Dependiendo de las circunstancias, exige a las compañías aéreas que presten a los pasajeros ayudas tales como alojamiento, comidas, bebidas y medios de comunicación, les ofrezcan transportes alternativos y la devolución de sus billetes, les paguen indemnizaciones, y tomen la iniciativa de informarles de sus derechos.
España no proporciona los datos
Sabemos que España tiene muchas quejas, pero no podemos publicarlas porque no nos han enviado estos datos
"Sabemos que España tiene muchas quejas, pero no podemos publicarlas porque no nos han enviado estos datos", explicaron hoy fuentes de la CE durante la presentación del informe de evaluación de resultados y la aplicación del Reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos.
No obstante, el Reglamento sobre los derechos de los pasajeros aéreos no obliga a los países a presentar dicha información, pero todos lo han hecho excepto los tres países citados.


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