Las mutuas podrán proponer el alta de un trabajador al médico

  • El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de ley para la reforma del régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.
  • La mutua puede proponer el alta de un trabajador al médico de cabecera, y este deberá estimarla o rechazarla en un plazo de cinco días.
  • Se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
  • Los médicos dispondrán de tablas de duración estándar por patologías que tienen en cuenta la enfermedad del trabajador, su edad y su actividad laboral.
Un médico examina una radiografía, en una imagen de archivo.
Un médico examina una radiografía, en una imagen de archivo.
GTRES
Un médico examina una radiografía, en una imagen de archivo.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el proyecto de ley que reforma las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y el real decreto la gestión de la incapacidad temporal (IT). Así lo han señalado en la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y la ministra de Empleo, Fátima Báñez.

La ministra ha destacado que la ley clarifica y sistematiza el régimen jurídico de las mutuas y ha añadido que mejora las prestaciones del sistema en beneficio de los trabajadores y previene los riesgos laborales.

Con esta reforma, que pretende reducir el dinero destinado a la incapacidad temporal y reducir el tiempo medio de baja del trabajador, la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud o el médico de cabecera deberán comunicar a la mutua y al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en un plazo de cinco días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación, cuando previamente la mutua haya solicidado el alta.

Si el Servicio Público de Salud desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.

Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los Servicios Públicos de Salud será de 11 días, y en el del INSS serán 8.

El Gobierno calcula que la mejora de la gestión de la incapacidad temporal permitirá ahorrar en prestaciones 300 millones anuales. Además, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico. De este modo, si en plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.

Los trabajadores no deberán desplazarse al centro de salud cada siete días para recoger los partes, sino que este trámite estará ajustado a la previsión del seguimiento clínico. También se pretende favorecer a la empresa, ya que se reducen las cargas de tramitación de la confirmación de la baja del trabajador.

Así, a partir de ahora el parte de confirmación será de hasta cinco días de baja, y se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita médica. Los médicos dispondrán de tablas de duración estándar por patologías que tienen en cuenta la enfermedad del trabajador, su edad y su actividad laboral.

Se incluye también la regulación de la transmisión diaria por vía telemática de los partes de baja y alta desde los servicios públicos de salud de las comunidades autónomas al INSS y de este organismo a las mutuas, cuando sean responsables de la protección del trabajador.

El texto regula la figura del presidente y se definen las retribuciones del personal directivo y las funciones del gerente. El texto limita las cuantías con las que se constituirán las reservas de estabilización en cada ámbito de la gestión, con el objetivo de que el excedente de cotizaciones que acumulan las mutuas se reintegre a la Seguridad Social.

Esto liberaría más de 2.000 millones de euros procedentes de la regularización de la reserva de estabilización de contingencias profesionales que podrían destinarse a mejorar la liquidez del sistema.

Los sindicatos, en contra

CCOO considera que la ley de mutuas, aprobada, contra el criterio de los sindicatos, refuerza el carácter privado de estas entidades y les mantiene competencias que cuestionan la capacidad de los medios públicos para gestionar las prestaciones.

CCOO sostiene que el Gobierno ha perdido la ocasión de consensuar una ley que pudiese perdurar a futuro por el establecimiento de unas bases que contasen con la aprobación de todos los implicados en este sector tan importante.

El sindicato indica que la Administración debería haber profundizado más en los criterios de dirección y tutela de las mutuas, "máxime si se tiene en cuenta los casos de malversación de recursos en el histórico de algunas de ellas".

Asimismo, señala que hay modificaciones que se apoyan en criterios económicos, "evitar un excesivo absentismo laboral que es inexistente", y añade que aparta de las prioridades la recuperación de la salud de los trabajadores.

Además, incide en que la nueva denominación, Mutuas Colaboradoras de la Seguridad Social, "no disimula que en un futuro se les pueda seguir derivando competencias públicas".

UGT ha rechazado el proyecto porque prima los intereses económicos frente a los trabajadores y compromete sus derechos a la protección social y a la recuperación de la salud.

El sindicato sostiene que la reforma de las mutuas supone un nuevo recorte en los derechos de los trabajadores y da más poder a las mutuas en el control de las bajas médicas, "que se convierten en policías y fiscales de los trabajadores y de los médicos de los servicios públicos de salud".

Incide en que no corrige la falta de transparencia en la gestión de las mutuas, ya que "menoscaba la participación sindical en su control y seguimiento".

Además, subraya que supone una privatización parcial del sistema de Seguridad Social y de la sanidad y que perjudica a los propios trabajadores de estas entidades, constituidas por asociaciones de empresarios, "sin ánimo de lucro".

Mostrar comentarios

Códigos Descuento