Aprobado el decreto por el que se fija el calendario de días festivos de Extremadura para 2015

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma para el próximo año 2015.

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma para el próximo año 2015.

Así, las fiestas laborales retribuidas y no recuperables en la región para el próximo año serán el 1 de enero, Año Nuevo; el 6 de enero, Epifanía del Señor; el 2 de abril, Jueves Santo; el 3 de abril, Viernes Santo; y el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

Junto a ellos, se encuentran el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; el 8 de septiembre, Día de Extremadura; el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España; el 1 de noviembre, Todos los Santos; el 6 de diciembre, Día de la Constitución Española; el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción; y el 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Asimismo, se dispone que, en aplicación de lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores, el descanso laboral correspondiente a los días 1 de noviembre y 6 de diciembre se disfrutará los días 2 de noviembre y 7 de diciembre, ambos lunes, por coincidir esas dos fiestas en domingo.

Además, serán inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables -con el carácter de fiestas locales-, otros dos días que serán determinados por la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo, Empresa e Innovación a propuesta del órgano competente de cada ayuntamiento, según ha informado el Ejecutivo regional tras la celebración del Consejo de Gobierno.

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