La ley de creación del registro de seguros de cobertura de fallecimiento, único en el mundo, se aprobó en el Congreso en noviembre de 2005 con un amplio consenso político, pero la complejidad de su ejecución fue alargando el proceso, hasta el punto de que el plazo legal máximo establecido para su aprobación por parte del Ejecutivo expiró un año más tarde, el 15 de noviembre de 2006.
Tanto el director general de Seguros, Ricardo Lozano, como los ministerios de Justicia y Economía, que han ultimado el proyecto, han destacado en varias ocasiones que el retraso obedeció a la "complejidad, amplitud y sensibilidad" del registro, que incluye "datos personales" y provocará cambios en muchas de las gestiones que realiza la administración.
La gestión de este servicio público a los ciudadanos corresponderá al Ministerio de Justicia, a través de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
De esta forma, este departamento entregará a los interesados un certificado en el que consten los contratos vigentes en los que figure como asegurada la persona fallecida.
Igualmente, la aseguradora deberá comunicar al Registro toda la información pertinente relacionada con aquellos seguros suscritos en los que no resulta posible la identificación de los asegurados hasta que no se produce el fallecimiento.
En este sentido, la patronal del sector asegurador, Unespa, ha celebrado la aprobación de este registro, que, previsiblemente, comenzará a funcionar en un par de meses tras su publicación en el BOE, previsiblemente la semana que viene.

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