El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha decretado prisión provisional para el exconseller Rafael Blasco, condenado a ocho años de cárcel por el caso Cooperación. Según un auto de la Sala de lo Civil y Penal hecho público este martes, Blasco podrá eludir la medida si paga los 200.000 euros que los magistrados fijan como fianza.
Para ello, el que fuera conseller de Solidaridad en el gobierno de Francisco Camps (PP), hallado culpable de desviar 1,6 millones de euros destinados a ayudas para el tercer mundo, cuenta con un plazo de 48 horas, según estas mismas fuentes.
Además del abono de la fianza, los jueces establecen que Blasco quede sometido a la prohibición de salida de España y a la obligación de comparecer semanalmente ante el tribunal.
En el caso de que, transcurridas las 48 horas, no abone el dinero, “se librarán a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado las órdenes oportunas para que su inmediata constitución en prisión”, según la resolución. Durante ese periodo de tiempo, se le prohíbe salir de España y se le retirará el pasaporte.
La Fiscalía pedía prisión incondicional o 2 millones
La Fiscalía Anticorrupción había pedido al tribunal que enviara a Blasco de forma incondicional a prisión y que, en todo caso, le impusiera una fianza de 2 millones de euros, al entender que existe riesgo de fuga. En el auto, los magistrados señalan que la cantidad solicitada por las acusaciones "resulta desproporcionada".
También señalan que, "pese a la investigación llevada a cabo, no se le ha encontrado [a Blasco] un especial patrimonio acorde a la posición que cabe presumirle", lo que "hace pensar en alguna suerte de ocultación" que hace aconsejable la prisión eludible con fianza de 200.000 euros.
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