Hacienda confirma que Urdangarin defraudó más de 240.000 euros en 2007 y 2008

  • La defensa del duque de Palma presentó un escrito de alegaciones el 22 de abril en el que negaba haber cometido delito fiscal.
  • El juez del 'caso Nóos', José Castro, pidió mediante una providencia el 5 de mayo a Hacienda que aclarase varios aspectos sobre esta cuestión.
  • La Agencia Tributaria dice que defraudó en el IRPF al utilizar Aizoon para cobrar, ya que se benefició del tipo impositivo más reducido del impuesto de sociedades.
  • Los delitos fiscales por los que presuntamente se le acusa no han prescrito.
  • El fiscal recurre las citaciones por la transferencia de 12 millones de Telefónica en el 'caso Nóos'.
Iñaki Urdangarin en una imagen de abril de 2013.
Iñaki Urdangarin en una imagen de abril de 2013.
GTRES
Iñaki Urdangarin en una imagen de abril de 2013.

La Agencia Tributaria ha remitido un informe al juez del 'caso Nóos', José Castro , en el que reitera que aprecia dos supuestos delitos fiscales por parte de  Iñaki Urdangarin, en el IRPF de los años 2007 y 2008.

El juez Castro pidió mediante una providencia el 5 de mayo a Hacienda que aclarase varios aspectos sobre esta cuestión, después de que la defensa de Urdangarin presentara un escrito de alegaciones el 22 de abril en el que negaba que el duque de Palma hubiera cometido delito fiscal.

Hacienda reitera en su respuesta la posición que ya manifestó en informes anteriores de que Urdangarin utilizó Aizoon para cobrar por los trabajos que hizo para varias empresas, han informado fuentes jurídicas.

La defensa de Urdangarin negó el fraude fiscal y añadió que aun aceptando las tesis de la Agencia Tributaria, la cuantía presuntamente defraudada no alcanzaría los 120.000 euros que determinan la existencia de un delito penal contra la Hacienda Pública ni en 2007 ni en 2008.

En el escrito que presentó al juez, el abogado de Urdangarin rechazaba la hipótesis formulada por la Agencia Tributaria en un informe de enero de 2013, según la cual, el duque de Palma utilizó Aizoon, empresa compartida al 50% con la infanta Cristina, como sociedad interpuesta para percibir rentas derivadas de su propia actividad personal.

Según Hacienda, al no tributar esos ingresos como IRPF, Urdangarin se benefició del tipo impositivo más reducido del impuesto de sociedades, así como de la deducción de gastos personales. Además, amortizó el impuesto de sociedades de Aizoon sin derecho alguno por su inactividad.

Informe de la Agencia Tributaria

En aquel informe, la Agencia Tributaria señaló que Urdangarin dejó de ingresar 182.005 euros de IRPF en 2007 y 155.138 euros en 2008, con lo que en ambos ejercicios superaría el umbral delictivo de 120.000 euros previsto en el Código Penal.

Su defensa negó que los rendimientos obtenidos por Aizoon sean atribuibles a Urdangarin a título personal y añadió además que, si lo fueran, no se alcanzaría el límite para la aparición de delito porque de lo que cobró por la pertenencia a consejos de administración habría que deducir las retenciones que las empresas que pagaron al duque de Palma tenían que haber aplicado.

Según la defensa del marido de la infanta, sólo con la retención del 35% de los rendimientos por la pertenencia de Urdangarin al consejo de administración de Motorpress Iberica y la aplicación del artículo 99.5 de la Ley del IRPF, ni en 2007 ni en 2008 se traspasaba el umbral de 120.000 euros determinante del delito contra Hacienda.

Los delitos no han prescrito

Estos dos presuntos delitos fiscales, cometidos en los ejercicios de 2007 y 2008 no han prescrito, según explica José María Mollinedo, secretario general de Gestha.

La ley dice que estos delitos prescriben a los cinco años de haberse cometido, siempre y cuando antes de ese plazo la persona no haya sido imputada, pues cuando la imputación se hace efectiva la prescripción queda en suspenso.

En el caso de Urdangarin, el delito fiscal no ha prescrito porque el juez del caso le imputó por el mismo en enero de 2013, antes de los cinco años que marca la ley (hay que tener en cuenta que el plazo que tenía Urdangarin para presentar el IRPF de 2007 era junio de 2008, por eso el juez pudo imputarle sin temor a la prescripción).

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