Un juez condena a EU a pagar 30.000 euros a Calatrava por la web que denunciaba sus “pifias”

  • El dominio de la página calatravatelaclava.com debe quedar suprimido.
  • El juez considera "injurioso y vejatorio" el contenido "te la clava" de la dirección.
  • La Fiscalía había pedido que se desestimara la demanda y primara la libertad de expresión de los diputados sobre el derecho al honor del polémico arquitecto.
  • La sentencia es recurrible.
  • Consulta aquí la sentencia completa (en PDF).
Santiago Calatrava, en las obras del Palacio de Congresos de Oviedo.
Santiago Calatrava, en las obras del Palacio de Congresos de Oviedo.
EFE / ARCHIVO
Santiago Calatrava, en las obras del Palacio de Congresos de Oviedo.

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 12 de Valencia ha condenado a Esquerra Unida (EU) a indemnizar con 30.000 euros al arquitecto valenciano Santiago Calatrava por poner en funcionamiento una web (calatravatelaclava.com) que este consideraba ofensiva. El magistrado estima de este modo la demanda interpuesta por Calatrava y ordena que cese el funcionamiento del dominio de la página.

Se da la circunstancia que, durante el juicio, el Ministerio Fiscal solicitó que se desestimara la demanda, al entender que debe primar la libertad de expresión, en este caso de los diputados de Esquerra Unida, sobre el derecho al honor del arquitecto.

En la sentencia, el magistrado considera que la propia denominación del dominio web ("te la clava") alude a que Calatrava "engaña, traiciona, estafa, se enriquece injustamente", lo que constituye "una intromisión ilegítima en el ámbito de la protección del derecho al honor, que necesariamente se ve conculcado y lesionado" de un modo "injurioso y vejatorio".

En cuanto al contenido de la web, son noticias que el magistrado ve "poco favorables a la labor profesional del arquitecto", ya que destacan los sobrecostes, obras inacabadas o astronómicos honorarios de Calatrava, si bien considera que, en algunos casos "constituyen verdades objetivas incontrovertidas".

Así, sostiene que el contenido de la página web aparece protegido bajo "el normal ejercicio de los derechos fundamentales concurrentes con el derecho al honor", y más tratándose de denuncias de una formación política. Es decir, el problema es la expresión "te la clava" del dominio web, y no lo que en la página se cuenta.

El magistrado considera que los 600.000 euros que solicitaba Santiago Calatrava como indemnización son "de todo punto excesivos", ya que no sería "lícito ni éticamente aceptable que la consecuencia de una infracción" pudiera desembocar en un "posible enriquecimiento injustificado", por lo que fija "discrecionalmente" la cantidad en 30.000 euros.

En el fallo, el titular del juzgado condena a EU a "suprimir y cesar en la utilización de dicho dominio de forma directa o a través del enlace de su página de Facebook", además de al pago de los 30.000 euros al arquitecto. La sentencia es recurrible ante la Audiencia Provincial de Valencia en un plazo de 20 días hábiles.

Blanco (EU): "Así son las leyes, así es la Justicia"

"En las buenas películas no siempre ganan los buenos", ha declarado en su cuenta de Twitter el diputado de EU Ignacio Blanco, impulsor de la página web. En esta línea, ha destacado que el magistrado ha decidido condenar a su formación "en sentido contrario a la petición de la Fiscalía", que también se opuso al cierre como medida cautelar durante el juicio. "Así son las leyes, así es la Justicia", ha afirmado.

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