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Absuelven al conductor pillado a 260 km/h por la autovía en Burgos porque "no provocó peligro"

Conductor burgalés
Constantino García, en el Juzgado de Burgos tras concluir el juicio. (Federico Vélez / EFE)
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  • Había sido condenado a seis meses de cárcel y dos años sin carné.
  • La Audiencia Provincial de Burgos le absuelve ahora porque no supuso un "peligro concreto" para ninguna persona.

La Audiencia absuelve al conductor que circulaba a 260 kilómetros por hora porque no suponía un peligro.

Revoca así la sentencia dictada el pasado 2 de enero por el Juzgado de lo Penal número 1 de Burgos, que condenaba a este asturiano de 42 años por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción temeraria.

De 42 años a la absolución. Constantino García no suponía un peligro para la audiencia

La sentencia a la que tuvo acceso mantiene como hechos probados que Constantino García Suárez circulaba a 260 kilómetros por hora cuando fue sorprendido por un radar e interceptado por la Guardia Civil a la altura del kilómetro 128, un tramo recto de la autovía autonómica A-231 (León-Burgos).

El coche, un Audi A-8 de gran cilindrada y propiedad de una empresa asturiana, fue interceptado cuando circulaba en sentido Burgos la tarde del 9 de febrero del pasado año, día en el que había "buena visibilidad y escasa circulación de vehículos" en una vía de altas prestaciones.

Conducta temeraria pero no es delito

Según la sentencia, aunque ir a 260 kilómetros por hora constituye una conducta "manifiestamente temeraria, al infringir gravemente las normas de circulación", que crea "rechazo y reproche en la mayoría de la sociedad", no se puede considerar como un delito de conducción temeraria porque "no hubo ninguna circunstancia de peligro concreto", requisito necesario para aplicar el artículo 381 del Código Penal.

Esta había sido una de las bases del recurso presentado por el letrado José Carlos Botas contra la sentencia del Juzgado de lo Penal ya que, según señaló a EFE, la actitud de su cliente "no supuso ningún peligro concreto para ninguna persona".

Ni el conductor ni el acompañante que viajaba con él, ni los agentes de la Guardia Civil que pararon el coche ni otros usuarios de la vía fueron sujetos pasivos de un peligro concreto

Así lo mantiene también la Audiencia de Burgos, que en la sentencia precisa que "ni el conductor ni el acompañante que viajaba con él, ni los agentes de la Guardia Civil que pararon el coche ni otros usuarios de la vía fueron sujetos pasivos de un peligro concreto".

En este sentido precisa que, si bien es cierto que conducir a esa velocidad disminuye "notoriamente" la capacidad de reacción y que supone "un evidente peligro para la circulación", hay que tener en cuenta que "no se produjo ninguna circunstancia de peligro concreto, como pudiera ser el obligar a otros conductores a realizar maniobras evasivas o a que los agentes de tráfico se tuvieran que apartar para evitar ser atropellados".

"Al no concurrir dicho elemento del tipo penal, los hechos no pueden ser calificados como delito, sin perjuicio de su posible sanción en el ámbito reglamentario", añade la sentencia, que deja abierta la posibilidad de que se continúe con un expediente sancionador por parte de la Jefatura Provincial de Tráfico.

Botas señaló a EFE que la decisión de la Audiencia ha supuesto una "gran alegría" para su cliente, dado que lleva más de un año sin poder conducir porque le había sido retirado el permiso tras ser "pillado" por el radar.

205 Comentarios
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Dice ser purganduspopulus
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Dice ser purganduspopulus, 15.03.2007 - 18.51h

Despues se quejan que existan personajes que no crean en la justicia española!!!
Con estas sentencias uno se pregunta:
Estaremos anticuados? o
El juez, tiene criterio para dictar sentencias?
Hay jueces de 23 años, asi que me diran que criterio pueden tener....

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Dice ser Nicolas Nicholby
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Dice ser Nicolas Nicholby, 15.03.2007 - 18.55h

Renato, dice mi abogado que el Fiscal no puede recurrir ya, pero que decudirán testimonio a tráfico, perderá temporalmente el carné tres meses, además de 6 a 12 puntos, (si fue después de Julio de 2005), y la multa será importante, efectivamente mayor que la que le hubiese puesto el juez.

Y me ha dicho que en la nueva reforma del Código es delito el simple exceso de velocidad que supere el 50% de lo permitido, es decir que no hace falta el riesgo concreto, y que lo mismo con las alcoholemias, ya no se exigirá además de superar la tasa otras circusntancias, bastará con superarla.

Estoy de acuerdo contigo, con menos velocidad hay aviones que despegan. y además creo que llevar un Audi A8 a 300 Km/h no tiene mérito lo puede hacer hasta un chimpancé, le mérito es reconcer una señal y adaptar la velocidad del vehículo a la misma y a las circunstancias del tráfico y la vía, y por ahora, eso un chimpancé no sabe hacerlo.

Saludos

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Dice ser indefenso N0
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Dice ser indefenso N0, 15.03.2007 - 18.58h

Mañana un mas los pupulares aran una GRAN manisfectacion por la liverta de este conductor SI temerariedad.

QUE GEUI

Zp la traes clara con los del PP
A estos o los metes a la carcel o te derrumban el teattro.

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Dice ser carlosjm
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Dice ser carlosjm, 15.03.2007 - 18.58h

Para Nicolas. Si nos ponemos así, tampoco debería correr tanto el AVE, ni volar los aviones porque van muy alto y si te caes te matas.
Los fallos mecánicos son raros si seguimos los matenimientos adecuados, pero si se producen las consecuencias son inesperadas.

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Dice ser pepeluis
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Dice ser pepeluis, 15.03.2007 - 19.06h

yo tengo un coche, que para probarlo, una vez lo puse a 200 kms, en una autovia de 3 carriles, sin circulación; si que hay riesgo, pero por eso, conforme al nuevo cod.penal reformado tendria que ir a la carcel ¿es justo?gracias a los jueces, que interpretan la ley con sentido común, pero si les obliga un nuevo cod.penal no tendran mas remedio que aplicarlo ¿es justo? Si embargo, unos atracadores de chalet rumanos, que fueron detenidos 50 veces estan en libertad...pepeluis

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Dice ser ALONSA
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Dice ser ALONSA, 15.03.2007 - 19.08h

yo poer ir a 110 por hora en una autovia ,el tramo estaba limitao a 80klh me pusieron 400eur,RENAULT 21 D

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Dice ser UN ALEMAN
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Dice ser UN ALEMAN, 15.03.2007 - 19.13h

ALBERTO N 92

En alemania hay autopistas tienen 3 metros o + de ancho
las cuvas estan trazada con su desnivel y los conductores saben loque es llebar un coche

En España las autopistas son carriles de bisicletas con mas baches que un empedrao..-
las curvas estan trazadas en sentido contrario del desniver
y los conductores
no saben respetar a los demas un cohe de alta cilindrada hay que andar cuando se pueda
y gurdad el respeto del otro conductor.

YO SOY QUIEN SOY Y NO REPETO
NI SEMAFOROS
NI SEÑALES
Y APARCON DENDE ME SALE DEL PANTALON

VIVA LA MADRE QUE NOS PARIO..

Hombre asi no ballamos por el mundo pordios

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Dice ser Nicolas Nicholby
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Dice ser Nicolas Nicholby, 15.03.2007 - 19.34h

Carlosjm, el Ave va teoricamente por una vía segura y vallad y exclusiva, y los aviones teóricamente también.

Una autovía española no es segura, ni exclusiva, y menos a 260 km por hora.

Ejemplo imaginemos a Fernando Alonso con un mercedes 500 a 260, desde luego mejora la seguridad, pero a diferencia del avión o del Ave, fernando no cuenta con mi amigo Andrés ya jubilado, a quien le hace el psicotécnico un medico militar que ni siquiera se fija en que está más ciego que un topo, coloquemos tambien en la autovía a Laura, que con su L nuevecita, va a 80 y decide adelantar a ese coche cargado hasta al ojete que va de vacaciones dede bélgica a casablanca. Fernando ahora llamado frenando pone los discos de freno al rojo para pasar de 260 a 80, Laura se asusta al ver esa mole lanzada contra la trasera de su coche, y mi amigo andrés que miró dos segundós atras inicia la maniobra de adelantemiento cuando el bólido de Frenando se ha colocado casi en paralelo.

Esto no pasa ni en el Ave ni en el avión.

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Dice ser incrédulo
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Dice ser incrédulo, 15.03.2007 - 19.45h

Lo cierto y verdad es que somos un pais de irresponsables y los primeros son los jueces,¡menuda pandilla!.

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Dice ser Juanlu
140
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Dice ser Juanlu, 15.03.2007 - 19.47h

Ahora os pregunto yo una duda que tengo aún:
¿A los que van con los cochecitos éstos sin carnet...... les pueden quitar puntos?

éstos que pasa? si no tienen carnet... ¿que puntos le van a quitar? entonces.... porqué venden estos cochecitos?...... porque no se prohibe, se supone que tienes que tener una práctica y un conocimiento cuando llevas un vehículo no? entonces ¿como se puede permitir que cualquier inculto se plante en la via pública con un "cochecito" sin pasar un examen antes y sin embargo a los que tienen un coche "normal" le pueden quitar puntos y pagar tasas,examenes,practicas, etc..?

PORQUE ESTO ES UN NEGOCIO Y UN PURO CACHONDEO Y LA LEY QUE TENEMOS EN ESPAÑA ES UNA MIERDA!!!!!

ahora borrarme el mensaje que lo voy a poner 100 veces!!!

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