Condenado a siete años por intentar matar a golpes con un bate de béisbol a un vecino de Cantillana

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años y medio de cárcel impuesta a un hombre acusado de intentar matar por la espalda y a golpes propinados con un bate de béisbol a un vecino de la localidad de Cantillana (Sevilla) que, a consecuencia de la agresión, perdió un ojo y sufrió un traumatismo facial severo.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de siete años y medio de cárcel impuesta a un hombre acusado de intentar matar por la espalda y a golpes propinados con un bate de béisbol a un vecino de la localidad de Cantillana (Sevilla) que, a consecuencia de la agresión, perdió un ojo y sufrió un traumatismo facial severo.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo rechaza el recurso del acusado, J.D.S., contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que lo condenó a la pena de cárcel referida y al pago de una indemnización a la víctima de 200.000 euros por un delito de asesinato en grado de tentativa con la atenuante de consumo de alcohol y estupefacientes.

Los hechos tuvieron lugar en la tarde-noche del 24 de mayo de 2012, cuando se produjo un enfrentamiento previo entre el acusado, J.D.S., y la víctima, un enfrentamiento en el curso del cual "medió algún golpe o amenaza" por parte de éste último al procesado.

Sobre las 22,30 horas, el afectado se encontraba sentado en la terraza de un bar de Cantillana cuando el acusado se le aproximó por la espalda con un bate de béisbol y, "con ánimo de matarle, o cuando menos sabiendo que la muerte podría producirse como consecuencia natural y altamente probable de su conducta", le agredió "con gran violencia" y de forma "inesperada y sorpresiva", propinándole al menos dos golpes en la cabeza y en el rostro que le provocaron "graves" lesiones, tras lo que el acusado huyó del lugar.

El denunciante, que ha estado representado por el abogado César Murillo, sufrió la pérdida traumática del globo ocular derecho, pérdida auditiva en el oído derecho y múltiples fracturas faciales, así como la fractura de una falange de la mano y un trastorno de estrés postraumático, lesiones que precisaron de 81 días de curación, señala la Sala, que precisa que, con anterioridad a los hechos, el acusado había ingerido alcohol y drogas que afectaban de forma "leve" a sus facultades volitivas e intelectivas.

El acusado recurrió al entender que no existía prueba suficiente para acreditar su autoría en los hechos ni que tuviera intención de matar, pues aunque se encontraba en el lugar de los hechos no fue el autor de la agresión, no existiendo ningún testigo directo que haya afirmado que fue él quien agredió a la víctima.

El tribunal recuerda que la víctima ha ofrecido un testimonio "firme, coherente y verosímil", y al margen del incidente previo que aquella noche tuvo lugar entre ellos, no constan otras relaciones precedentes de animadversión, pues además la víctima afirmó que sólo se conocían de vista y el acusado llegó a decir que hasta el día de los hechos no conoció al afectado.

Intención de causar la muerte

Asimismo, constan las declaraciones de dos testigos que corroboraron lo relatado por la víctima, frente a lo cual el acusado reconoció su enfrentamiento con la víctima aquella tarde-noche y el incidente posterior en el bar, aunque aseguró que fue el denunciante quien se abalanzó sobre él con un palo, por lo que se lo quitó y se defendió.

Además, considera que la Audiencia justificó "de manera exhaustiva" que el ataque perpetrado contra la víctima reúne las características propias de un ataque alevoso, pues fue "totalmente inesperado, súbito y se realizó encontrándose el atacado en situación de total indefensión e imposibilidad de realizar ninguna maniobra defensiva".

A ello se suma que la Audiencia "explicó la clara intención del acusado de causar la muerte de la víctima, y ello en atención al arma empleada, un bate de béisbol, al modo de realización del ataque, con varios golpes intensos y violentos, y a la parte de la anatomía a la que dirigió el golpe, la cabeza", a lo que se suma que el imputado "no cesó en la agresión de forma voluntaria, sino que fue una tercera persona la que le quitó el palo con el que golpeaba a la víctima".

Además, el médico forense destacó en su informe que "todas las lesiones son compatibles con el uso de objeto contundente manejado con violencia y reiteración sobre una persona sin capacidad para evitar o repeler la agresión".

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