Concentración este viernes ante la base de Morón para pedir la readmisión de los despedidos del ERE de 2013

Los trabajadores españoles de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla), cuyo uso comparten Estados Unidos y España, se concentran este viernes a las 12,00 horas en estas instalaciones, para pedir la readmisión "inmediata" de los despedidos del expediente de regulación de empleo (ERE) de 2013, cuyos despidos han sido declarados "no ajustados a derecho".
Torre de control de la base aérea de Morón de la Frontera.
Torre de control de la base aérea de Morón de la Frontera.
EUROPA PRESS
Torre de control de la base aérea de Morón de la Frontera.

Los trabajadores españoles de la base aérea de Morón de la Frontera (Sevilla), cuyo uso comparten Estados Unidos y España, se concentran este viernes a las 12,00 horas en estas instalaciones, para pedir la readmisión "inmediata" de los despedidos del expediente de regulación de empleo (ERE) de 2013, cuyos despidos han sido declarados "no ajustados a derecho".

Y es que 'Vinnell-Brown & Root Spain' (VBR), la sociedad gestora de los servicios civiles de la base, ha decidido no recurrir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declara "no ajustado a derecho" el ERE, gracias al cual 'VBR' puede optar entre readmitir a los afectados o incrementar simplemente su indemnización por despido. Según han publicado los trabajadores en su blog, en el último mes, "debido a la elevada carga de trabajo, 'VBR' ha realizado 40 contrataciones temporales, "llegando a contratar a doce afectados del despido colectivo en condiciones de precariedad".

Además, los trabajadores han apuntado que a la concentración se ha invitado a representantes políticos y sindicales de la provincia de Sevilla. En este sentido, han afirmado que la secretaria general del PSOE de Sevilla, Verónica Pérez, y miembros de su ejecutiva provincial, así como alcaldes y concejales de la comarca y representantes sindicales de UGT y CCOO han confirmado su asistencia.

Cabe recordar que la empresa gestora de los servicios civiles de estas instalaciones militares ya promovió a finales de 2010 un primer expediente de regulación de empleo "por causas organizativas", para extinguir 286 de los 594 puestos de empleo sujetos entonces a tales servicios. Durante la negociación, la compañía y el comité de empresa acordaron reducir a 150 el número de despidos, pero la destrucción de puestos de trabajo quedó después rebajada a 119 personas al ser descubierto que 31 de los trabajadores incluidos en el ERE habían causado ya baja en la empresa, extremo que investiga el Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla.

Ya en 2013, un año en el que Estados Unidos decidió ampliar su presencia militar en la base de Morón de la Frontera con el despliegue de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, la empresa promovió un nuevo ERE. En esta ocasión no medió acuerdo alguno y en septiembre, 'VBR' consumó el despido de 66 trabajadores con indemnizaciones de 20 días por año de servicio, el mínimo estipulado por la vigente regulación laboral. Mientras Estados Unidos está ampliando aún más su presencia militar en Morón para sumar 850 infantes de marina y 17 aeronaves en estas instalaciones, el pasado 19 de febrero la sala de lo Social del TSJA celebró el juicio correspondiente a la demanda colectiva formulada por los citados 66 trabajadores contra sus despidos. Para los trabajadores el ERE de 2013 no tenía otro objetivo que avanzar hacia el número de despidos planeado en la regulación de 2010.

Más marines

La sentencia del TSJA, dictada el 31 de marzo y recogida por Europa Press, expone que, en efecto, en mayo de 2013 la base acogió el despliegue "temporal" de 500 infantes de marina y ocho aeronaves, siendo entonces contratados nueve empleados de manera temporal. En julio de aquel año, y según el fallo, las Fuerzas Aéreas de Estados Unidos indicaron a 'VBR', como sociedad adjudicataria de la gestión de los servicios civiles de estas instalaciones, "su propósito de no dotar partida de gasto alguno para los 70 contratos calificados como de 'retención' a partir del 30 de septiembre de 2013, en el contexto de un dimensionamiento adecuado de la carga de trabajo a realizar", lo que finalmente se tradujo en los citados 66 despidos.

En ese sentido, media en el asunto un informe pericial que refleja "la no existencia de cambios que supongan disminución apreciable de la actividad a desarrollar en la comparativa entre las condiciones de contratación de 2009 y la actualidad, apreciándose por el contrario un incremento de tareas en determinados departamentos, como los de dirección y administración, transportes o control de material". Al respecto, el tribunal señala que si bien la empresa alegaba para los despidos "la modificación de las condiciones de la prestación contractual", el citado informe "deniega básicamente la concurrencia de las causas productivas aducidas por la empresa", tratándose de un estudio "fundado en los datos ofrecidos" por la propia compañía.

En paralelo, tanto el informe como la sentencia señalan el desembarco de "una nueva fuerza expedicionaria que precisaría una mayor cantidad de servicios de distinto orden" en las instalaciones. La sentencia, no obstante, descarta una vulneración de derechos fundamentales porque si bien los demandantes alegaban que la empresa había "preferido" consumar los despidos sobre empleados españoles en lugar de la plantilla estadounidense, el tribunal señala la "evidente desproporción favorable a los trabajadores españoles en relación al número total de empleados", considerando que no ha sido acreditada ninguna "conducta discriminatoria".

"no ajustado a derecho"

La sentencia, además, descarta la tesis de que 'VBR' incurriese en una mala fe negociadora, manifestando la legitimidad de que la empresa demandada defendiese "sus criterios" a la hora de negociar los términos del expediente de regulación de empleo. De tal manera, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía estima parcialmente la demanda colectiva de los trabajadores despedidos y declara "no ajustada a derecho la decisión extintiva", si bien se trata de un fallo susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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