Condenado a siete años y seis meses de prisión un transportista búlgaro por el homicidio de un camionero en Oiartzun

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a siete años y seis meses de prisión a un transportista búlgaro que mató a un camionero, de la misma nacionalidad y de 40 años de edad, en el polígono Lanbarren de Oiartzun (Gipuzkoa) en diciembre de 2011.

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a siete años y seis meses de prisión a un transportista búlgaro que mató a un camionero, de la misma nacionalidad y de 40 años de edad, en el polígono Lanbarren de Oiartzun (Gipuzkoa) en diciembre de 2011.

El tribunal condena a este transportista de 58 años, que ya fue considerado culpable por un jurado popular, como autor de un delito "de homicidio doloso (en la modalidad de dolo eventual), con la concurrencia de las atenuantes analógicas de embriaguez y confesión de la infracción". Tendrá que indemnizar, en concepto de responsabilidad civil, con un total de 200.000 euros al padre, madre, hermano, esposa e hija de la víctima.

Según se recoge en la sentencia, los hechos sucedieron el 11 de diciembre de 2011. El condenado, hacia las tres de la madrugada, se encontraba en compañía de su yerno y estacionó el camión que conducía en el aparcamiento de la empresa San José López, para la que ambos trabajaban, ubicado en el polígono Lanbarren de la localidad guipuzcoana de Oiartzun.

Ambos, desde el mediodía, estuvieron en compañía de la víctima y hacia las 21.30 horas, cuando se encontraban los tres cenando, comenzó una discusión entre el acusado y el fallecido, motivada por razones laborales, en el curso de la cual se insultaron y amenazaron mutuamente.

En un momento dado, se agarraron y empujaron recíprocamente, cayendo al suelo el condenado, quien al levantarse cogió un cuchillo de 11,5 centímetros de hoja y, cuando la víctima se acercó a él, "conociendo el altísimo riesgo de causarle la muerte y aceptando tal resultado letal", le asestó una puñalada en el cuello que provocó su muerte sobre las 22.15 horas.

Antes de fallecer, la víctima se desplazó unos metros hacia la caseta de vigilancia del polígono y, en los aledaños de la puerta de acceso a la misma, "cayó desplomado boca abajo". Breves instantes después, el agresor accedió al lugar, dio la vuelta al cuerpo inerte y realizó varios intentos de reanimación que fueron infructuosos.

La sentencia recoge que se declara probado que el condenado había consumido desde el mediodía del día en que ocurrieron los hechos diversas bebidas alcohólicas, "tales como whisky, orujo y vino", así como que el fallecido en el transcurso de la discusión espetó al acusado expresiones especialmente ofensivas que le hicieron "especial mella".

Asimismo, el Tribunal de Jurado, por unanimidad, declaró probado que a los pocos minutos acudieron al lugar una ambulancia y vehículos policiales y que el condenado contestó, a preguntas de los agentes policiales, que él era el autor de la muerte, indicando, de forma gestual, que el cuchillo se encontraba debajo de la rueda del camión que se encontraba a escasos metros del lugar.

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