La campaña de velocidad de la DGT se salda en la provincia con 8.220 controles y 466 conductores denunciados

Un total de 466 conductores han sido denunciados en las carreteras de la provincia de Jaén en el marco de la campaña de control de exceso de velocidad que ha llevado a cabo durante la pasada semana la Dirección General de Tráfico (DGT), en la que se han realizado controles a 8.220 vehículos.

Un total de 466 conductores han sido denunciados en las carreteras de la provincia de Jaén en el marco de la campaña de control de exceso de velocidad que ha llevado a cabo durante la pasada semana la Dirección General de Tráfico (DGT), en la que se han realizado controles a 8.220 vehículos.

De esta manera, según ha informado este martes la Subdelegación del Gobierno en una nota, los conductores que han acabado denunciados por superar los límites de velocidad establecidos representan al 4,28 por ciento del total de vehículos controlados en la provincia.

Con esta campaña, la Dirección General de Tráfico ha querido "concienciar a los conductores de la importancia de respetar los límites de velocidad como un elemento básico y fundamental de la seguridad vial".

La Subdelegación ha aprovechado la ocasión para recordar que la nueva reforma de la Ley de Seguridad Vial no varía los límites establecidos, de modo que la velocidad genérica para turismos y motos en autopistas y autovías sigue siendo de 120 kilómetros por hora, mientras que desciende a 100 o 90 en carreteras secundarias en función de la anchura del arcén, mientras que en vías urbanas dicha velocidad genérica es de 50 kilómetros por hora.

Los conductores que incumplan dichas velocidades, establecidas en el Reglamento General de Circulación, estarán cometiendo una "infracción grave o muy grave", sancionada con multa de 100 a 600 euros y la pérdida de entre dos y seis puntos, dependiendo del exceso de velocidad cometido.

Así, en el caso de que el exceso de velocidad fuera superior en 60 kilómetros por hora en vía urbana o en 80 en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, el Código Penal lo tipifica como delito y es castigado con la pena de prisión de tres a seis meses, o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

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