El TS dice que la absolución de Samuel por encubrimiento es justificada y contiene "claridad"

  • Asegura que la Audiencia de Sevilla explica con "detalle" el resultado de los medios probatorios.
  • El Alto Tribunal rechaza el recurso de los padres de Marta del Castillo.
  • Impone a la familia de la joven sevillana los costes judiciales.
Samuel Benítez, en una imagen de archivo, llega acompañado por un familiar a la Audiencia Provincial de Sevilla.
Samuel Benítez, en una imagen de archivo, llega acompañado por un familiar a la Audiencia Provincial de Sevilla.
Juan Ferreras / EFE
Samuel Benítez, en una imagen de archivo, llega acompañado por un familiar a la Audiencia Provincial de Sevilla.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la absolución de Samuel Benítez por el encubrimiento del crimen de Marta del Castillo.

Así, señala que la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que determina esa absolución, la segunda, está "justificada" y explica con "claridad, detalle y de forma minuciosa" el resultado de los medios probatorios o los datos acreditados por pruebas objetivas.

El TS ya adelantó el día de la vista pública, el pasado 18 de marzo, su rechazo al recurso de los padres de la joven, asesinada en enero de 2009, y la confirmación de la segunda sentencia absolutoria de la Audiencia.

En la sentencia redactada después y hecha pública ahora respalda el pronunciamiento de esta al considerar que, lejos de ser ilógica o injustificada, contrasta las diversas versiones facilitadas y resalta las contradicciones e imprecisiones existentes que restan valor a algunas declaraciones.

También incide en que la sentencia de la Audiencia sevillana se basa en datos acreditados por pruebas objetivas como el resultado de los análisis de ADN y del rastreado de los móviles. Y, en definitiva, expone "los motivos en que fundan la absolución de Samuel Benítez que en absoluto resultan ilógicos e injustificados".

El pronunciamiento del alto tribunal impone a los padres de Marta los costes judiciales y no admite, como defendió la abogada de éstos que la secuencia de acontecimientos pueda considerarse "imposible confirme a las reglas de la ciencia".

Asimismo, mantiene que las alegaciones de la representación de Antonio del Castillo "carecen de desarrollo" pues "no concretan qué y en qué forma son ilógicos" los argumentos que contiene la sentencia de origen.

Vista

En la vista pública, la Fiscalía pidió que no se admitiera el recurso de los padres y se confirmara la sentencia de la Audiencia, augurando "poco éxito" a ese recurso al considerar que la misma incluía un razonamiento "detallado y minucioso" sobre la absolución de Benítez.

Cabe recordar que esa era la segunda sentencia absolutoria que dictó la Audiencia provincial.

Primero condenó a 20 años de cárcel por un delito de asesinato a Miguel Carcaño y absolvió al resto de acusados, en concreto el propio Samuel, Francisco Javier Delgado y su novia, María García, lo que fue recurrido por los padres de Marta y la propia Fiscalía ante el Supremo.

Tras ello, el Alto Tribunal decidió elevar la condena a Carcaño un año y tres meses por un delito contra la integridad moral y confirmó la absolución del resto de acusados, ordenando a la Audiencia Provincial el dictado de una nueva sentencia contra Samuel "al objeto de reexaminar su posible participación como encubridor", pues consideró "arbitraria" e "ilógica" la decisión de situar a las 22,15 horas del 24 de enero de 2009 la salida del cadáver de León XIII.

Una vez recibida esa orden, la Sección Séptima volvió a absolver a Samuel y razonó en 60 folios esa decisión que ahora confirma el Supremo.

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