La Audiencia impone 12 años de cárcel al hombre acusado de matar a su pareja en la vivienda que compartían

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto una pena de 12 años de prisión al hombre acusado de matar a su pareja sentimental en la vivienda que compartían en la calle Berní y Catalá de Valencia en julio de 2012. El hombre declaró en la vista que la víctima se clavó el cuchillo "accidentalmente" tras "perder el equilibrio", pero el jurado popular que lo juzgó desestimó este extremo y lo consideró culpable por unanimidad.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha impuesto una pena de 12 años de prisión al hombre acusado de matar a su pareja sentimental en la vivienda que compartían en la calle Berní y Catalá de Valencia en julio de 2012. El hombre declaró en la vista que la víctima se clavó el cuchillo "accidentalmente" tras "perder el equilibrio", pero el jurado popular que lo juzgó desestimó este extremo y lo consideró culpable por unanimidad.

El ministerio fiscal pedía para el acusado 15 años de prisión por un delito de homicidio con la circunstancia agravante de parentesco. La Abogacía de la Generalitat, personada en la causa, se adhirió a este requerimiento; mientras que la defensa pidió que la pena no fuera superior a 10 años y que se tuviera en cuenta que tras los hechos, su cliente llamó a la Policía para alertar de lo ocurrido y pedir ayuda.

El tribunal, tras estudiar el caso, ha decidido imponerle 12 años de cárcel por un delito de homicidio con la circunstancia agravante de parentesco y la atenuante de confesión. Sobre este último aspecto, señala que "resulta claro" que el que fuera el acusado quien diera la noticia inmediatamente después de producirse, tanto del crimen como de la autoría del mismo, "hubo de simplificar considerablemente la instrucción o investigación del delito".

Los hechos se remontan al 24 de julio de 2012, en una vivienda de calle Berní y Catalá de Valencia. El acusado —de nacionalidad boliviana y en situación regular en España— y la víctima mantenían una relación sentimental desde hacía unos tres años.

El día de los hechos, el acusado se tomó varias cervezas con un amigo en un bar y luego subieron a su domicilio, donde siguieron bebiendo hasta que llegó la víctima. En ese momento se inició una discusión entre ambos con motivo de la compra de la cerveza.

Seguidamente, el acusado clavó tres veces el cuchillo en el cuerpo de la víctima, todas ellas a la altura del tórax. Como consecuencia, ésta quedó tendida en el suelo de la cocina y el hombre dejó el cuchillo en el fregadero, donde lo lavó con agua.

Tras ello, llamó a la Policía y dijo: "la mujer se está muriendo, la he pegado y le he entrado el cuchillo en el cuerpo". Los agentes se personaron en la vivienda y se encontraron con la víctima aún con vida, con lo que fue trasladada hasta el hospital, donde finalmente falleció. La mujer tenía cuatro hijos, uno de ellos menor de edad, que residen con su padre en Bolivia.

La Audiencia de Valencia entiende que en este caso hay prueba de cargo "bastante" para desvirtuar la presunción de inocencia que amparaba al acusado, en base a las pruebas testificales, periciales y científicas expuestas durante el juicio.

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