Apelación y el TAD desestiman el recurso por Sergio Ramos

  • Le mantienen el partido de suspensión, no jugará ante el Sevilla.
  • Fue expulsado en el clásico y el Madrid había recurrido la sanción.
El árbitro Undiano Mallenco muestra tarjeta roja al defensa del Real Madrid Sergio Ramos, durante un clásico Madrid-Barça.
El árbitro Undiano Mallenco muestra tarjeta roja al defensa del Real Madrid Sergio Ramos, durante un clásico Madrid-Barça.
JUANJO MARTÍN / EFE
El árbitro Undiano Mallenco muestra tarjeta roja al defensa del Real Madrid Sergio Ramos, durante un clásico Madrid-Barça.

Tras desestimar el Comité de Apelación el recurso presentado por el Real Madrid ante la sanción impuesta a su jugador Sergio Ramos, el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha hecho lo propio, manteniendo el partido de suspensión.

Sergio Ramos, expulsado el pasado domingo en el partido liguero ante el Barcelona, fue castigado con un partido por el Comité de Competición de la RFEF, ante lo cual el Real Madrid presentó un recurso a Apelación y, posteriormente, al TAD.

Según el acta del colegiado navarro Alberto Undiano Mallenco, Ramos fue expulsado en el minuto 64 del Real Madrid-Barcelona (3-4) por "derribar a un adversario impidiendo una manifiesta ocasión de gol".

Una acción sobre el brasileño Neymar que trajo consigo la pena máxima, que luego convertida por el argentino Leo Messi, dio lugar al momentáneo 3-3.

En su recurso ante Apelación, el club madridista aportó una prueba videográfica en la que intentaba hacer ver que no existió contacto entre Sergio Ramos y Neymar ya que el brasileño se "dejó caer" tras sobrepasar al jugador madridista.

Apelación, en su determinación de rechazar dicho recurso, argumenta que vistos todos los documentos aportados por las partes "se llega a la conclusión por parte de que la resolución objeto de recurso (un partido de suspensión por parte del Comité de Competición) resulta ajustada a derecho".

"La presunción de veracidad del contenido del acta arbitral, recogida en el artículo 27.3 del Código Disciplinario, no ha sido desvirtuada de una forma contundente demostrando con ello la existencia de un error material manifiesto en la apreciación de la jugada objeto de debate. Igualmente cabe destacar que la descripción de la acción efectuada es perfectamente compatible con el relato que de los hechos se realiza en el acta arbitral", se añade.

Hay "contacto"

Asimismo, se indica que "la prueba videográfica aportada (Real Madrid) no permite negar la existencia de contacto físico entre el jugador recurrente y su adversario tal y como se pretende por el recurrente".

También apunta que, a tenor de las imágenes, el "contacto físico se produjo tal y como se aprecia en el acta arbitral". "La versión que consta en el acta arbitral, es perfectamente compatible con la realidad de lo acontecido tal y como ha sido analizado por el Comité de Competición", se añade.

Por todo ello, Apelación "entiende que la Resolución del Comité de Competición se ajusta a derecho por cuanto la misma es constitutiva de la infracción prevista en el artículo 114 del Código Disciplinario de la RFEF" y estima que la resolución de fondo del presente recurso impide a "cualquier pronunciamiento sobre la medida de suspensión cautelar de la ejecución de la sanción que se postula".

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