La Fiscalía plantea la posibilidad de recurrir la ley de justicia universal en el caso Tíbet

  • La Fiscalía ha pedido que se concluya "urgentemente" el sumario para poder presentar recurso de inconstitucionalidad a la reforma de la justicia universal.
  • El fiscal ya actuó así este miércoles en relación al caso Couso.
  • Los jueces de la Audiencia Nacional se han rebelado en contra del archivo automático de las causas a las que afecta la entrada en vigor de la reforma.
Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.
Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.
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Edificio de la Audiencia Nacional en Madrid.

La Fiscalía ha pedido al juez Ismael Moreno que concluya "de manera urgente" el sumario contra exdirigentes chinos por delitos de genocidio y lesa humanidad en el Tíbet para poder plantear ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, de estimarlo oportuno las partes, recurso de inconstitucionalidad a la reforma de la justicia universal.

El fiscal del caso, Pedro Martínez Torrijos, responde así en un escrito al traslado que dio esta semana a las partes el juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno para que informaran sobre si cabía o no la aplicación en esta causa de la reforma del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que regula la justicia universal.

La Fiscalía, al igual que hizo este miércoles en relación al caso Couso -la muerte en Irak del cámara José Couso en 2003-, ha optado por pedir que se concluya el sumario para que se eleven las actuaciones a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, con el objeto de que las partes puedan presentar cuestión de inconstitucionalidad.

Por ello, Alonso recurrió este miércoles la decisión de Pedraz porque, a su juicio, impide a las partes la posibilidad de plantear un recurso de inconstitucionalidad a la reforma de la justicia universal en esa causa.

Respecto a la causa del Tíbet, el fiscal cree que también debe elevarse a la Sala de lo Penal para que esta se posicione sobre la disposición transitoria única de la reforma, en la que se ordena el archivo de forma retroactiva de los casos de justicia universal abiertos.

Tal y como afirmó este miércoles el teniente fiscal de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, con respecto al caso Couso -que el juez Santiago Pedraz se negó a archivar de oficio invocando a la Convención de Ginebra-, la competencia para acordar el sobreseimiento de cualquier caso corresponde "de forma excluyente" a la Sala de lo Penal y nunca al juez instructor.

De hecho, Martínez Torrijos cree que el sobreseimiento de los casos, que el Ejecutivo ordenaba con la entrada de la ley, deberá acomodarse al sistema competencial que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), donde se establece que las Salas de lo Penal son las competentes para decretar el archivo.

Caso Tíbet

El pasado 10 de febrero, Moreno ordenó la busca y captura para su detención e ingreso en prisión incondicional de cinco exlíderes comunistas chinos, entre ellos el expresidente Jiang Zemin, por delitos de genocidio, torturas y lesa humanidad en relación a la represión en el Tíbet.

Tras esta decisión, China expresó en varias ocasiones su "fuerte malestar" y su "firme oposición" a la decisión de la Justicia española y expresó su deseo de que el Gobierno resolviera "de forma apropiada" este asunto.

La querella por el supuesto genocidio en el Tíbet en los años ochenta y los noventa, recayó en 2006 al juez de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, quien el 11 de octubre de 2013 la amplió al expresidente chino Hu Jintao.

El juez Fernando Andreu y la Fiscalía del alto tribunal mostraron este miércoles sus dudas sobre la constitucionalidad de la reforma de la justicia universal, mientras que los seis jueces centrales de instrucción tomaron la decisión de dirigirse a las partes para que ellas se posicionen sobre los efectos de la reforma.

Los jueces de la Audiencia Nacional se han rebelado así en contra del archivo automático de las causas a las que afecta la entrada en vigor de la reforma, sobre la que la Fiscalía ya manifestó su discrepancia en una queja que remitió al fiscal general del Estado, al entender que esa reforma limita la investigación de delitos, lo que a su entender podía ser "en cierta medida" inconstitucional.

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