Violadores de niños, acusados sólo por abusos, gracias al código penal de 1995

El fiscal solicita prisión por abuso porque no ve en una fotografías y vídeos de pornografía infantil, con niños de uno y dos años, signos de "violencia o intimidación", tal y como establece el código penal aprobado en 1995. Sin embargo, en algún vídeo se ve a los pequeños llorando y muchos siguen, dos años después de los hechos, con secuelas psicológicas.
Anuncio de Álvaro Iglesias, uno de los acusados. (EFE)
Anuncio de Álvaro Iglesias, uno de los acusados. (EFE)
Anuncio de Álvaro Iglesias, uno de los acusados. (EFE)

El fiscal pide penas de cárcel por abusos sexuales, y no por violación, para Álvaro Iglesias, Eduardo Sánchez y José Gómez, quienes fueron detenidos en mayo de 2005, después de descubrirse que eran los autores de unos vídeos y fotografías de pornografía infantil colgados en internet, según publica hoy El País.

Las fotos y vídeos, descubiertos por la Interpol en marzo de 2005, mostraban duras imágenes de siete niños, la mayoría de uno y dos años, sodomizados y sufriendo penetraciones por la boca.

Billete de tren que sostenía un bebe en la mano mientra era violado.Un billete de cercanías de Renfe expedido en Atocha y una toalla del hospital La Paz (Madrid) permitieron descubrir a los autores de tan macabra acción.

Para uno de ellos, Álvaro Iglesias (conocido como 'Nanysex' y que trabajó como canguro en Madrid y Murcia), el fiscal pide 36 años de cárcel por ocho delitos de abusos sexuales a niños de uno y dos años, según aparece en el sumario.

No existe violación para el código penal, que desde 1995 exige que haya "violencia o intimidación", hecho que el fiscal no ve, pese a que en uno de los vídeos puede verse a uno de los pequeños llorando mientras le introducen un pene por la boca.

Los otros procesados son Eduardo Sánchez, para quien se pide 13 años y medio, y José Gómez, para el que el fiscal solicita 24.

Un cuarto procesado, Antonio Olmos, participó en la difusión del material pero no participó en la grabación del mismo. El fiscal pide para él 10 año de prisión.

  • El código penal de 1995 establece como abuso sexual el "acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento". Entiende que nunca hay consentimiento cuando el menor no sobrepasa los 13 años.
  • El texto penal anterior, de 1973, entendía como violación cualquier agresión sexual contra un menor de 12 años o en "personas privadas de razón y sentido".

Los niños mayores, que contaban entonces con seis años, tienen secuelas psicológicas, según los peritos "inquietud, ansiedad, malestar y desasosiego".

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