El juez de primera instancia ha tomado esta decisión en virtud del documento de voluntades anticipadas firmado por el hombre antes de su muerte.
Este documento fue el que permitió que se le extrajera semen justo después de su fallecimiento.
La decisión adoptada, que no tiene precedentes en la Comunitat Valenciana, como asegura el diario, supone, además, uno de los primeros casos de aplicación de la ley estatal 14/2006 que regula las técnicas de reproducción asistida y en la que se tiene en cuenta el testamento vital —llamado documento de voluntades anticipadas en la Comunitat Valenciana—.
El fallecido decidió en un acuerdo de este tipo que le fuera extraído semen en caso de fallecimiento, con el fin de que su mujer quedara embarazada.
La clave de la decisión judicial, que respalda la petición de la mujer (que vive en una localidad de Valencia pero quiere mantener el anonimato y que ya está embarazada de tres meses), hay que buscarla en el hecho de que el hombre firmó en vida el documento de voluntades anticipadas.
La familia del muerto apoyó también la solicitud de la mujer, al asegurar que conocían la decisión que había tomado su hijo.


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