El juez ha podido dictaminar la custodia compartida sin acuerdo previo del padre y de la madre gracias a la reciente modificación del Código Civil en 2005 , ya que hasta entonces no se podía dar una custodia sin acuerdo.
De esta forma, la madre tendrá el cuidado de los hijos de 7 y 13 años los lunes y martes, y el padre, los miércoles y jueves.
Se escuchó al hijo mayor
En la sentencia se destaca que el hijo mayor expuso ante el tribunal "con absoluta convicción" su deseo de compartir por igual el tiempo de convivencia con su padre y con su madre, y que su hermana pequeña debe permanecer con él, ya que "es un referente importante en todos los aspectos de su vida".
Los niños pasarán la mitad de las vacaciones de Navidad, Semana Santa y verano con los dos padres, que compartirán por igual los gastos.
A pesar de que padre y madre viven en localidades diferentes pero no muy lejanas, el colegio de los hijos se encuentra en un punto intermedio.
El hecho de que ambos progenitores tienen una vida profesional y personal parecida garantizará que los dos cumplan con sus obligaciones.
Sentencia revocada
Esta sentencia revoca la resolución del juzgado de Granollers (Barcelona), emitida en enero de 2005, que otorgaba a la madre, Maria Roser D. A., la custodia de los hijos y establecía un régimen de visitas para el padre.
La Audiencia sostiene que esta custodia tiene más ventajas que inconvenientes porque ambos pueden disfrutar de los hijos y se evitan así sentimientos negativos (de culpa o abandono) por parte de los niños.

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