El juez reprocha a Adif que pusiera en riesgo vidas por "fines lucrativos" en la línea de Santiago

  • El juez que investiga el descarrilamiento de Santiago ha reprochado a Adif aumentar el riesgo de accidente por ahorrar unos minutos de viaje.
  • Cuestiona que se eliminase el sistema automático de frenado ERTMS por el ASFA en el tramo del accidente.
  • Cambiar la línea de alta velocidad por una asimilida "conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación que no se considera adecuado".
  • Asegura que no se puede imputar exclusivamente al maquinista ya que el cambio del tipo de vía puede haber contribuido a incrementar el riesgo para los usuarios.
Los servicios de emergencia trabajan junto a las vías tras el accidente del tren Alvia que cubría la ruta entre Madrid y Ferrol y que descarriló cuando ya estaba muy cerca de Santiago de Compostela.
Los servicios de emergencia trabajan junto a las vías tras el accidente del tren Alvia que cubría la ruta entre Madrid y Ferrol y que descarriló cuando ya estaba muy cerca de Santiago de Compostela.
Salvador Sas/ EFE
Los servicios de emergencia trabajan junto a las vías tras el accidente del tren Alvia que cubría la ruta entre Madrid y Ferrol y que descarriló cuando ya estaba muy cerca de Santiago de Compostela.

El juzgado que investiga las causas del descarrilamiento del tren Alvia el pasado 24 de julio en Santiago, en el que murieron ochenta personas, ha reprochado al Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) que pusiera en riesgo la vida de los usuarios de la línea por "fines lucrativos".

En un auto cuyo contenido ha sido divulgado este viernes, el juzgado de instrucción cuestiona los cambios en los controles de velocidad de los trenes por parte de Adif y señala "la transformación de esa línea de alta velocidad en la nueva línea, parece haber supuesto para la sociedad tan sólo un beneficio menor que no ampararía o justificaría aquel incremento del riesgo".

Añade: "La única utilidad que obtuvo la sociedad con aquella decisión ha sido el ahorro de unos minutos de viaje entre Ourense y Santiago, como contrapartida a un importante aumento del riesgo para la vida de los cientos o miles de personas que utilizan la línea cada día".

Así, cuestiona la decisión de "eliminar el sistema ERTMS" que conlleva un método automático de frenado en caso de que el tren supere el límite de velocidad, en la zona del accidente, y de implantar, en cambio, el sistema ASFA, que "no avisa al maquinista del cambio o reducción de velocidad de 200 a 80 kilómetros por hora".

El tren Alvia, que efectuaba el recorrido entre Madrid y Ferrol con más de 200 pasajeros a bordo, descarriló en una curva próxima a Santiago de Compostela cuando circulaba a 190 kilómetros por hora en ese tramo en que estaba limitada la velocidad a 80 kilómetros por hora.

El magistrado cuestiona así la "presunción de comportamiento contrario al cuidado debido o de comportamiento sospechoso de criminalidad".

Subraya, "la decisión de los responsables de Adif, apartada de los patrones generales del ferrocarril, de reformar y convertir una indiscutible línea de alta velocidad en una línea asimilada, y la materialización de esa decisión se consideró, desde los momentos iniciales de la investigación, sospechosa de una imprudencia punible por cuanto conllevó un previsible incremento del riesgo en la circulación que no se considera adecuado socialmente".

"Esa adecuación, en la concepción provisional que se sostiene, imponía abstenerse de realizar ese cambio si se rebajaban las condiciones de seguridad como se hizo", señala el auto, y apunta que "como toda actividad de riesgo, la ferroviaria se admite dentro de ciertos límites".

¿Más imputaciones?

El maquinista Francisco José Garzón Amo, que frenó sólo unos segundos antes del descarrilamiento, es el único imputado en la investigación de las causas del accidente.

El juzgado señala que si Adif acordó las modificaciones, no se puede imputar "de forma exclusiva y excluyente, al maquinista", ya que advierte que esos cambios parecen haber contribuido a "incrementar el riesgo para los usuarios de la vía".

La decisión de los responsables de Adif estuvo "influida de presumido atractivo comercial o de presunta seducción o captación de usuarios de la línea con fines lucrativos", señala el auto, y añade que la supresión del sistema ERTMS, comportó para los pasajeros de trenes "un incremento del riesgo en la circulación que, por su gravedad", indica el juez, "alcanza a la vida de múltiples personas".

"Si el máximo órgano ejecutivo de Adif promovió y sancionó o ratificó la modificación del proyecto original cuestionada, que se considera gravemente perjudicial para los intereses de la seguridad en la circulación, no se duda que ello fuese debido a que previamente los órganos técnicos y directivos de dicha entidad (...) no se opusieron", señala.

Adif reconoció ante una comisión del Senado que modificó el proyecto original de la línea Ourense-Santiago de Compostela pasando de la idea inicial de una vía en ancho universal (UIC) a ancho ibérico para luego transformarla en ancho UIC.

"Esa decisión afectó a las instalaciones de señalización y seguridad, pasando la configuración inicial de la explotación con sistema de seguridad ERTMS para toda la línea, incluido el acceso a Santiago, a mantener ese sistema hasta el punto kilométrico 80,169, es decir, hasta aproximadamente cuatro kilómetros antes del lugar del accidente ocurrido el 24 de julio de 2013", precisa el auto.

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