El juzgado tumba tres cláusulas del contrato de Valenbisi al considerarlas abusivas

Un usuario se dispone a sacar una bicicleta de una de las bases de Valenbisi.
Un usuario se dispone a sacar una bicicleta de una de las bases de Valenbisi.
20minutos
Un usuario se dispone a sacar una bicicleta de una de las bases de Valenbisi.

"Debo declarar y declaro la nulidad de las cláusulas 5.4, 9.2 y 11 de las Condiciones Generales de Acceso y Utilización del Sistema Valenbisi (CGAU) y debo condenar y condeno a la demandada a eliminarlas y abstenerse de utilizarlas en lo sucesivo".

Así reza el fallo de la sentencia del juzgado de lo mercantil número 3 de Valencia que se ha hecho público este lunes, según el cual la empresa El Mobiliario Urbano S. L. U., que gestiona el servicio público de préstamo de bicicletas Valenbisi, deberá eliminar tres cláusulas del contrato que firman los usuarios para acceder a este servicio, al considerar que son abusivas.

De esta forma, los juzgados dan la razón tanto a la usuaria que puso la denuncia en primera instancia, como a la Fiscalía Provincial de Valencia, que llevó adelante la demanda contra la mercantil.

Cláusulas abusivas

En concreto, las cláusulas que se eliminan son la 5.4, la 9.2 y la 11. La primera de ellas establece que en caso de litigio, prevalecía la información que aportara la empresa basada en datos informáticos que maneja y dispone.

La 9.2 señalaba que cualquier retraso superior a 24 horas en la devolución de la bicicleta se consideraría desaparición de la misma, con lo que habría que pagar una indemnización o se podría ejecutar la fianza de 150 euros.

Por último, en la 11, la empresa expone ante el usuario que no es el fabricante de la bicicleta y que, por tanto, tampoco es el responsable de los vicios ocultos de la misma.

Con todo, la sentencia no es firme la mercantil tendrá ahora un plazo de 20 días para presentar recurso de apelación. Valenbisi cuenta con alrededor de 100.000 abonados.

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