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¿Cómo cambio de hipoteca?

¿cómo cambio de hipoteca?
Subrogación.(Esteban)
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Esta operación permite pasar la hipoteca de un banco a otro para beneficiarse de mejores condiciones o tipos de interés.
El inicio de la escalada de los tipos de interés ha desatado una carrera entre las entidades bancarias por hacer más atractivos sus productos hipotecarios, que han flexibilizado sus condiciones para atraer a un mayor número de clientes. Un cambio de hipoteca puede ser la mejor manera de sacar beneficio de esta guerra abierta, siempre que se haga tomando unas precauciones.

"Antes de precipitarse, lo primero es hacer un estudio pormenorizado de las hipotecas que ofrece el mercado", aconseja Ana Nardiz, abogada de los servicios jurídicos de la Asociación de Usuarios de Servicios Financieros. Este estudio debe incluir un análisis de todas sus cláusulas financieras para evitar sorpresas.

Actuar sobre seguro

Una vez decididos, y antes de comunicar al banco nuestra decisión, es fundamental solicitar a la nueva entidad una confirmación por escrito de que se nos concede el nuevo préstamo. A partir de entonces, será ella la que se encargue de tramitar todos los documentos para subrogar la nueva hipoteca.

Esta operación sólo permite la variación de los tipos de interés y del plazo de la hipoteca. El resto de condiciones, como el importe y el capital pendiente de amortización, deben ser respetadas. También hay que tener en cuenta que, aunque el Gobierno prevé que la subrogación se haga de forma gratuita con la nueva ley hipotecaria, lo cierto es que mientras no se apruebe sigue teniendo sus costes añadidos.

La comisión de cancelación, que se deberá pagar a la antigua entidad, suele ascender al 1% de la cantidad pendiente de amortizar. Por otra parte, la comisión de subrogación (que se pagará al nuevo banco y que incluye gastos como el impuesto sobre actos jurídicos documentados y aranceles notariales y registrales) se sitúa entre el 0,5 y el 1% del nuevo préstamo que se va a formalizar.

¿Crédito o préstamo?

Los conceptos de préstamo y crédito hipotecarios son utilizados a menudo como sinónimos, aunque no lo son. Con el préstamo, se obtiene un importe con un plazo a pagar en cuotas periódicas. Una cuenta de crédito, sin embargo, se abre por la cantidad solicitada, sin la obligación de que se utilice de una sola vez. La diferencia fundamental es que un crédito no admite la subrogación, es decir, no puede ser asumido por otra entidad. Para cambiar habría que cancelarlo e iniciar de nuevo todos los trámites con otro banco, lo que conlleva gastos adicionales, como los de la tasación.

Más largas

Hipotecas a 50 años

Los bancos están empezando a ofrecer hipotecas con un plazo de amortización de 50 años. Sin embargo, los expertos aseguran que no se superará ese límite, ya que no resultaría operativo.

Diferenciales bajos

Euríbor + 0,28%

El porcentaje que las entidades suman al euríbor para fijar sus tipos de interés en las hipotecas a interés variable se ha ido reduciendo paulatinamente. Activo Bank ya ofrece un diferencial del 0,28%.

Más financiación

El 100% del valor

Aunque sigue predominando la financiación del 80% del valor de tasación de la vivienda, cada vez más entidades bancarias ofrecen a sus clientes una financiación de la totalidad de ese valor.

Menos gastos

Comisiones bajas

La tendencia de los bancos es la de ir bajando sus comisiones (de apertura, de gestión, cancelación...). Sin embargo, todavía ninguna entidad ha conseguido reducir a cero todas sus comisiones.

32 Comentarios
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Dice ser currito
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Dice ser currito, 15.02.2007 - 08.16h

podíais comentar algo de la HIPOTECA MULTIDIVISA, que aunque tiene sus riesgos quizá es es la única que nos permita pagar un piso medianamente aceptable

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Dice ser muyyyyyyyyy quemada.
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Dice ser muyyyyyyyyy quemada., 15.02.2007 - 08.21h

Pues yo he intentado abrir una nueva hipoteca en otro banco para ampliar el capital al 100% del valor de tasacion de mi piso y me han denegado porque segun ellos existe mucho riesgo de impago, pese a firmar con DOS avales, vamos que por tener 24 años no voy a pagar. Vamos que prefieren q siga con la otra entidad pagando mas por menos capital. En fin que no pongais tan bonito eso de q los bancos estan bajando sus intereses y sus comisiones porque no es verdad, yo tengo un 1% de cancelacion o anticipacion y un 2% de modificacion con mi actual banco.
Luego dicen que ayudan a la gente joven, no se lo creen ni ellos.

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Dice ser lunitah
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Dice ser lunitah, 15.02.2007 - 09.17h

Pensaba subrogar mi hipoteca, pero es un credito!!!! y según esto no puedo, tengo que cancelarla y abrir una nueva, c.abrones, eso no me lo contaron....... me engañaron como una tonta, y ahora veo que mas de lo que pensaba.

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Dice ser yo
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Dice ser yo, 15.02.2007 - 09.34h

Ahorcandote para toda la vida...

Mientras los usureros de los bancos se rien de ti...

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Dice ser El subrogador
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Dice ser El subrogador, 15.02.2007 - 09.39h

¡En lugar de informar desinformáis!
¿Tanto cuesta investigar un poco y ser veraces? Lo qe decís aquí es totalmente equivocado.
Revisaos la ley de subrogación 2/1994 con sus modificaciones posteriores. Con una pequeña búsqueda en Google se obtiene todo, solo hace falta un poco de interés.

Sé de lo que hablo porque acabo de hacer una subrogación.

Artículo 3 de esa ley: Sólo se paga una comisión que es la de subrogación (al banco antiguo).

La de cancelación esa que decís no sé de dónde la habéis sacado. De verdad que lo flipo.

Y eso de que se paga al nuevo banco es mentira.

La comisión de subrogación aunque la ley marca un máximo del 1%, según la disposición adicional primera de la ley 36/2003 se modificó a un máximo del 0,5% para las hipotecas firmadas a partir de abril del 2003.

Es decir, aunque tú en tu hipoteca antigua tengas firmado una comisión de subrogación de, por ejemplo, un 1%, sólo te podrán cobrar al subrogarte un 0,5%.
Esto me pasó a mí porque me enteré de esto tarde, pero aun así lo he reclamado y me lo han devuelto. ¡Me han cobrado sólo el 0,5%!

Otra más: Los gastos de notaría y registro se pagan a parte, no van incluídos. (Esto va a cambiar con la nueva ley, probablemente para reducirlos o eliminarlos)

Lo dicho, ¡NO HABÉIS DADO NI UNA!, ¡NO CONFUNDÁIS A LA GENTE!

¡YA OS VALE!

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Dice ser Aznar en 1996 prometió bajar el IVA. del 7% al 3%.
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Dice ser Aznar en 1996 prometió bajar el IVA. del 7% al 3%., 15.02.2007 - 10.09h

Extracto articulo publicado en El Mundo.

Número 36 / Domingo 23 de Junio de 1996

Elija el Momento para Comprar Casa. Por María Irazusta
La vivienda sigue por las nubes. Si usted vive en Madrid sabrá muy bien que una casa de 90 m2 cuesta más de veinte millones.
El nuevo Gobierno del PP tiene el propósito de abaratar el precio de la vivienda. Para ello ha aprobado un Real Decreto-Ley que incluye medidas liberalizadoras en materia de suelo y ha anunciado algunos cambios fiscales.
Con respecto al Decreto-Ley de liberalización del suelo recientemente aprobado las medidas adoptadas en esta materia son:
El tipo de suelo se dividirá a partir de ahora en urbano y en urbanizable. Antes existía el suelo urbanizable no programado. Este cambio supone un incremento considerable de la oferta.
Disminución de la cesión de suelo por parte de los promotores a los Ayuntamientos. Los promotores tendrán que ceder a los Ayuntamientos el 10% del suelo de su propiedad, en vez del 15% como indicaba la ley hasta ahora. De un simple vistazo, se deduce que si los promotores ceden menos terreno ganan más y por lo tanto pueden vender más barato.
También hay que destacar la agilización de los trámites que ha prometido el Gobierno, por lo que la construcción de la vivienda será más rápida en un futuro próximo.
Si está pensando en adquirir una vivienda libre de nueva construcción, los expertos le recomiendan demorar su decisión. Las posibles medidas fiscales venideras podrían beneficiarle. Aunque el Gobierno sólo se ha comprometido a que las novedades fiscales se alumbren "a lo largo de la legislatura", es muy posible que se realicen en menos de dos meses.
Si está pensando en adquirir una vivienda libre de nueva construcción, los expertos le recomiendan demorar su decisión. Las posibles medidas fiscales venideras podrían beneficiarle. Aunque el Gobierno sólo se ha comprometido a que las novedades fiscales se alumbren "a lo largo de la legislatura", es muy posible que se realicen en menos de dos meses. Antes del 30 de septiembre, los Presupuestos Generales para 1997 tendrán que presentarse en las Cortes, y es ahí donde podrían incluir las medidas anunciadas.
Las mejoras fiscales que Fernando Nasarre, director general de la Vivienda, ha adelantado son las siguientes: Reducción del IVA, Cuentas ahorro-vivienda, Revisión de la desgravación, Supresión del pago del 2% del valor catastral.

a) Reducción del IVA del 7% al 3%. Así, en una casa que cuesta 20 millones de pesetas, usted paga por este concepto 1,4 millones. Si se recorta el IVA hasta el 3%, usted sólo abonará 600.000 pesetas.
Por otra parte, la posesión de una vivienda se encuentra gravada por 8 tipos de impuestos, 5 de carácter estatal (IRPF, IVA, Transmisiones, Sucesiones y Donaciones y Patrimonio) y 3 de carácter local (IBI, plusvalías y construcciones). También aquí se prevén algunas "rebajas".

b) Cuentas ahorro-vivienda. La vigencia de las cuentas ahorro-viviendas es de 5 años, pero este plazo podría ampliarse uno o dos años. El resultado es que usted puede desgravarse el 15% del ahorro que destina a la adquisición de la vivienda durante más tiempo. En la práctica, el plazo actual resulta insuficiente para conseguir reunir más del 20% del precio total de la vivienda.
c) Revisión de la desgravación. El Gobierno ha manifestado su intención de revisar la desgravación por vivienda, aunque existen algunas dudas de que sea favorable para todos los compradores.
d) Supresión del pago del 2% del valor catastral.

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Dice ser karla
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Dice ser karla, 15.02.2007 - 10.33h

quieres saber mas de hipotecas visita:http://dehipotecas.blogspot.com

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Susana__
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Susana__, 15.02.2007 - 10.34h

    "Sin embargo, todavía ninguna entidad ha conseguido reducir a cero todas sus comisiones."

    Querreís decir que a ningún banco o caja le ha dado la real gana de bajarlas a cero, porque ellos no tienen que hacer ningún esfuerzo para dejarlas en cero, sólo querer.

    En cuanto al subrogador que subroga con amor del nº 6 y que todo lo sabe y dice rotudamente: "La de cancelación esa que decís no sé de dónde la habéis sacado. De verdad que lo flipo. " ¿ De verdad tenias una hipoteca sin comisión de cancelación? ¿ No sería más bien que no te habías leído la letra pequeña? ¿ O firmaste la hipoteca el año pasado? Porque hasta hace muy poco tiempo la comisión de cancelación era tan real como la comisión de apertura y aún hoy en las hipotecas de nueva contratación en muchas de ellas sigue apareciendo, asi que no flipes tanto con eso.

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    Dice ser alberto
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    Dice ser alberto, 15.02.2007 - 10.49h

    ¿y si nos unimos, conseguimos gran fuerza y les obligamos a especular menos y ganar lo justo?:
    http://www.ciudadanoconhipoteca.wordpress.com

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    Dice ser El subrogador
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    Dice ser El subrogador, 15.02.2007 - 10.57h

    Susana, lee bien, que si no te pasa como a estos que se confunden y confunden a la peña.

    Yo lo que digo es que esa comisión de cancelación, que por supuesto puedes tener para el caso de amortización parcial o total de préstamos, en una subrogación no aplica. Esa solo aplica, como su nombre indica cuando haces amortizaciones parciales o cuando finiquitas el préstamos totalmente, pero no cuando te subrogas.

    ¿Tan difícil es de entender o de leerse la ley en cuestión?

    Yo no digo que no puedas tenes comisiones de cancelación sino que aquí no aplican (por eso decía que no sé de donde la han sacado), no tiene sentido nombrarlas porque confunden. Como evidentemente te está pasando a ti.

    Ah, y claro que de todo no sé, pero de esto te aseguro que llevo más de un mes pegándome y no lo digo por decir. Al revés, lo que pretendo es aclarar la información porque a mí casi me la meten precisamente por no estar bien enterado.

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