El Justicia recomienda a Educación que motive "suficientemente" las denegaciones de ayudas de comedor escolar

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que motive "suficientemente" las denegaciones de ayudas de comedor escolar y material curricular.
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente.
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente.
EUROPA PRESS
El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente.

El Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, ha recomendado al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte que motive "suficientemente" las denegaciones de ayudas de comedor escolar y material curricular.

El titular de la institución de mediación ha pedido al citado departamento que haga constar en la información que se facilite a las familias no sólo el preceptivo ofrecimiento de recursos, sino también las causas concretas de la desestimación de forma individualizada.

El Justicia recibió una queja de un ciudadano al que denegaron las ayudas de comedor y material curricular por no presentar la documentación requerida y no acreditar la situación de familia monoparental de la unidad familiar. Se trata de un ciudadano rumano que ha acreditado su identificación con el NIE.

En su sugerencia, el Justicia ha señalado que la Administración ha dado una respuesta "escueta y estandarizada que no permite conocer fehacientemente el motivo por el que no se les concede la ayuda".

La información que se facilita a la familia —ha señalado García Vicente— se limita a indicar "de forma genérica" que la solicitud ha sido denegada por no presentar la documentación requerida en la convocatoria y por no acreditar la situación de familia monoparental de la unidad familiar, "sin especificar la deficiencia concreta que se ha observado en la documentación aportada en uno u otro caso, con el consiguiente desconcierto de los afectados".

El ciudadano han considerado que han presentado todo lo que se exigía en la Orden que regula las ayudas. "Al no explicitarse los defectos observados, se resta efectividad, pues las familias, desconociendo los requisitos que han quedado sin justificar y los datos que han de completar para acreditar suficientemente el derecho a obtener la ayuda, no pueden en la práctica subsanar las deficiencias en que hayan podido incurrir al cursar la solicitud de esas ayudas ante la Administración".

Una de las garantías fundamentales en la tramitación de cualquier procedimiento administrativo, en particular, en el de revisión de actos, es la posibilidad de defensa de los interesados, especialmente cuando se trata de reconocimiento del derecho a percibir las ayudas precisas para compensar posibles carencias de tipo económico, ha indicado el Justicia en su recomendación.

"Para que el ciudadano pueda recurrir contra una resolución y presentar las alegaciones pertinentes, es preciso que disponga de una explicación suficientemente razonada en relación con la decisión adoptada en su caso concreto", ha concluido el Justicia.

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