Govern dice que las partidas de bingo en locales diferentes a los autorizados están permitidas si no hay afán de lucro

El Govern ha recordado este domingo que las partidas de bingo en locales diferentes a los autorizados están permitidas siempre que no haya afán de lucro ni beneficio económico.

El Govern ha recordado este domingo que las partidas de bingo en locales diferentes a los autorizados están permitidas siempre que no haya afán de lucro ni beneficio económico.

A raíz de las solicitudes de información recibidas en la Conselleria de Economía y Competitividad sobre la posibilidad de organizar partidas de bingo en bares o en locales de asociaciones durante las fiestas de Navidad, el Servicio de Juego ha explicado que, de acuerdo con la legislación vigente, se pueden celebrar estas actividades siempre que no exista ningún beneficio económico para el organizador ni para los participantes.

Así queda establecido al artículo 2 de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de regulación del juego, según el cual quedan fuera de la aplicación de la mencionada Ley "los juegos o competiciones de puro ocio, pasatiempo o recreo que constituyan usos sociales y se desarrollen en el ámbito estatal, siempre que éstas no produzcan transferencias económicamente evaluables, salvo el precio por la utilización de los medios precisos para su desarrollo y cuando éste no constituya en medida alguna beneficio económico para el promotor o los operadores.

En consecuencia, siempre que no exista beneficio económico, se podrán llevar a cabo las partidas de bingo y no será necesaria una autorización previa. De acuerdo con la disposición adicional segunda del Decreto 43/2012 de 25 de mayo, por el cual se regulan diversos aspectos relacionados con las máquinas recreativas de juego, las salas recreativas de juego y las salas de bingo, "quedan excluidos del ámbito administrativo de autorizaciones los juegos de entretenimiento que produzcan transferencias económicas de escasa cuantía y que no sean objeto de explotación lucrativa".

En el caso de que las partidas de bingo tengan una finalidad lucrativa y se celebren en locales sin licencia ni autorización de actividad de juego, se trata de una actividad ilegal, que constituye una infracción muy grave y es contraria al objeto de la Ley del Juego, el cual es, entre otros, proteger los derechos de los menores, luchar contra el fraude, salvaguardar los derechos de los participantes en el juego, y prevenir las conductas adictivas.

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