El Síndic de Greuges señala que "no es competente" para investigar el cierre

El Síndic de Greuges ha señalado, ante un queja que pedía que investigara el cierre de Radio Televisión Valenciaan (RTVV), que esta institución "no es competente" para "supervisar la actividad desplegada por el poder legislativo" ya que corresponde al Tribunal Constitucional "conocer de los recursos de inconstitucionalidad contra las leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley".
Instalaciones de RTVV en Burjassot (Valencia).
Instalaciones de RTVV en Burjassot (Valencia).
EUROPA PRESS
Instalaciones de RTVV en Burjassot (Valencia).

El Síndic de Greuges ha señalado, ante un queja que pedía que investigara el cierre de Radio Televisión Valenciaan (RTVV), que esta institución "no es competente" para "supervisar la actividad desplegada por el poder legislativo" ya que corresponde al Tribunal Constitucional "conocer de los recursos de inconstitucionalidad contra las leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley".

De este modo, responde, según el escrito al que ha tenido acceso Europa Press, a una queja individual en la que instaba al Síndic de Greuges a que abriera una investigación y se dirija a la Conselleria de Presidencia de la Generalitat Valenciana y a la Dirección General de RTVV para que "justifiquen la decisión del cierre, las posibles alternativas valoradas para tomar esta edición y los planes previstos para cubrir el hueco informativo así como las medidas que se van a adoptar para proteger el archivo audiovisual que atesora actualmente la televisión autonómica".

Al respecto, el Síndic responde que la disposición de disolución fue aprobada por les Corts en sesión plenaria de 27 de noviembre y que es el Tribunal Constitucional es "el órgano a quien compete conocer los recursos de inconstitucionalidad contra las leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley".

Así, señala que el recursos de inconstitucionalidad "se configura así como un proceso e control de la constitucionalidad de las leyes dirigidos a garantizar que los derechos de la Constitución reconoce no se vean vulnerados por las normas con rango o fuerza de ley que corresponde realizar al Tribunal Constitucional y que puede promoverse por quienes están legitimados para ello desde su publicación oficial".

Por lo tanto, concluye, "esta institución no se competente para supervisar la actividad desplegada por el poder legislativo".

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