Competencia multa a Vodafone con 600.000 euros por bloquear portabilidades sin permiso

  • Vodafone no niega las irregularidades pero asegura que fueron "puntuales" y por eso cree injustificado que se considere como una infracción "muy grave".
  • Competencia considera que no es admisible que Vodafone pretenda ignorar el tipo de conducta infractora que ha mantenido durante los últimos tres años.
Estatua frente a un edificio de Vodafone.
Estatua frente a un edificio de Vodafone.
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Estatua frente a un edificio de Vodafone.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha desestimado un recurso de reposición de Vodafone contra la sanción de 600.000 euros impuesta al operador por cancelar "reiteradamente" sin consentimiento de los clientes las solicitudes de portabilidad cursadas a favor de Telefónica entre los usuarios del segmento de pequeña empresa.

El organismo regulador da así la razón a Telefónica, que en febrero de 2012 remitió una denuncia a la antigua Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT), ahora integrada en la CNMC, contra Vodafone por cometer estas infracciones e impedir sin el consentimiento del cliente la portabilidad hacía sus servicios.

El organismo, que multó a Vodafone por esta razón el pasado mes de julio, ha decidido ahora desestimar "íntegramente" el recurso de reposición interpuesto por la filial del grupo británico contra la resolución en la que se determina que durante el periodo comprendido entre diciembre de 2008 y enero de 2012 la operadora incumplió "reiteradamente" su obligación de garantizar la conservación de la numeración de los clientes del segmento empresarial.

En su recurso, Vodafone argumenta que la "supuesta" conducta infractora se limita a la existencia de irregularidades "puntuales" en el tratamiento de algunas portabilidades y considera que calificación de la infracción como "muy grave" carece de motivación.

No obstante, la CNMC afirma que desde 2008 los distribuidores y comercializadores de los servicios de Vodafone, con la "aquiescencia" de la operadora, han estado cancelando "reiteradamente" sin consentimiento de los clientes las solicitudes de portabilidad cursadas a favor de Telefónica con la finalidad de impedir su derecho a cambiar de operador conservando su numeración.

"En consecuencia, no es admisible que Vodafone pretenda ignorar el tipo de conducta infractora que ha estado desarrollando durante más de tres años, sin ninguna voluntad de cesar en ella", asevera el regulador. Además, el regulador recuerda que la sanción impuesta es "sensiblemente" inferior al límite máximo legalmente permitido de dos millones de euros para la conducta infractora.

En cualquier caso, la CNMC recuerda que contra esta resolución puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Los hechos se remontan a febrero de 2012 cuando Telefónica denunció a Vodafone por este motivo ante la CMT. Posteriormente, en septiembre de 2012, el consejo del regulador acordó iniciar la apertura de un procedimiento sancionador contra dicha compañía y a finales de julio decidió imponer una multa a la compañía de 600.000 euros por dicho motivo.

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