Aplazado el juicio contra el acusado de cobrar más de medio millón por servicios no prestados a EPSA

Fuentes de la Sección Tercera han indicado a Europa Press que el motivo de la suspensión y consiguiente aplazamiento del juicio ha sido la renuncia a encargarse del caso del abogado del imputado, lo que ha obligado a buscar un sustituto.

El juicio señalado para este martes en la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén a un empresario, identificado como A.O.R., para quien el Ministerio Fiscal pide una pena de cinco años de prisión por haber cobrado a través de dos entidades bancarias más de 500.000 euros gracias a facturas supuestamente falsas de servicios no prestados realmente a la antigua Empresa Pública de Suelo Andaluz (EPSA), actualmente denominada Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), ha sido aplazado.

Fuentes de la Sección Tercera han indicado a Europa Press que el motivo de la suspensión y consiguiente aplazamiento del juicio ha sido la renuncia a encargarse del caso del abogado del imputado, lo que ha obligado a buscar un sustituto.

En su escrito de calificación, el fiscal relata que el acusado se encargó de elaborar esas facturas por trabajos inexistentes entre abril de 2011 y enero de 2012 "con la intención de obtener dinero en efectivo" dadas "las dificultades económicas que atravesaba la empresa que dirigía".

De esta manera, decidió "emitir facturas falsas por servicios no prestados a EPSA en las que estampaba el sello oficial de la Gerencia Provincial de Jaén" de dicho organismo, y en cuya "diligencia de toma de razón", para darle "un aspecto de autenticidad" de cara al momento de presentarlas en las correspondientes sucursales bancarias para proceder a su cobro, "simulaba la firma de una de sus trabajadoras".

En total, en los meses en los que llevó a cabo esa actuación, llegó a cobrar, por parte de una entidad bancaria, un total de 360.808,03 euros a través de 14 "facturas falsas", y a través de otra, 119.155,76 euros mediante nueve documentos de esa naturaleza, cantidades cuyo pago posteriormente rechazó el "supuesto deudor", en este caso, EPSA, cuando les fueron presentadas al cobro a través de las entidades financieras.

Por todo ello, el Ministerio Público pide una pena de cinco años de cárcel al emisor de estas facturas por considerar que los hechos son constitutivos de "un delito de falsedad en documento mercantil como medio de cometer un delito de estafa", así como el pago de una multa de diez euros diarios durante doce meses. Además, en concepto de responsabilidad civil, le obliga a devolverle a los dos bancos a los que pasaba las facturas la totalidad del dinero cobrado.

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