La nueva 'ley Fernández' duplica el número de faltas muy graves, aunque mantiene las multas

  • La ley de 1992 poco se parece a la que quiere aprobar previsiblemente este viernes el Consejo de Ministros.
  • Las faltas muy graves han pasado de diez a 21, aunque el nuevo borrador tipifica nuevos supuestos que antes no estaban.
  • La ley de 2013 incide sobre las protestas ciudadanas en los Parlamentos, los escraches a políticos y la convocatoria de las manifestaciones.
  • Las sanciones económicas se mantienen, excepto en la cuantía mínima de las faltas graves, que pasan de 300 a 1.000 euros.
Agentes de los Mossos d'Esquadres frenan una protesta estudiantil en la UPF.
Agentes de los Mossos d'Esquadres frenan una protesta estudiantil en la UPF.
GUILLEM PRIUS/ ACN
Agentes de los Mossos d'Esquadres frenan una protesta estudiantil en la UPF.

La 'ley Corcuera' frente a la 'ley Fernández'. Comparar el nuevo anteproyecto de ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, que el ministro del Interior, Jorge Fernández, llevará previsiblemente este viernes al Consejo de Ministros, con la actual ley en vigor, la 1/92 de 21 de febrero, es sencillo. Una no tiene nada que ver con la otra. Cada ley se fraguó para regular un momento social y económico distinto.

Lo que sí parece claro es que la actual es mucho más restrictiva, pensada para castigar económicamente todos aquellas protestas ciudadanas que en los últimos meses han molestado al Gobierno del PP, como las convocatorias de manifestaciones a través de las redes sociales o grabar a policías durante una concentración. Además, al ser infracciones administrativas, el Gobierno puede imponerlas sin necesidad de que medie un juez. La ley de 1992 tiene 39 artículos;  el nuevo borrador, 55. La de 1992 solo tenía 10 infracciones catalogadas como "muy graves"; el nuevo borrador las eleva a 21. Las muy graves mantienen la cuantía de la sanción, entre 30.000 y 600.000 euros.

En lo que sí coinciden ambas leyes es en que las dos nacieron con polémica. La de 1992, aprobada por el Gobierno socialista y bautizada enseguida como la 'ley Corcuera' (por el ministro del Interior de entonces, José Luis Corcuera), también se renombró como la «ley de la patada en la puerta», porque facultaba a las Fuerzas de Seguridad a entrar en los domicilios si tenían conocimiento de que dentro se estaban cometiendo delitos. El Tribunal Constitucional llegó a declarar nulo el artículo que lo regulaba, el 21. La nueva ley, 'trending topic' en Twitter, ya ha sido bautizada como 'ley Fernández' o 'ley Anti15M", porque convierte en infracciones muchas de las protestas y actos generados por los movimientos ciudadanos.

La 'ley Corcuera' reguló en 1992 cinco aspectos, entonces claves para el Gobierno socialista en materia de seguridad ciudadana: armas y explosivos, espectáculos públicos, la identificación personal, las medidas de seguridad en instalaciones y un último capítulo llamado "actividades relevantes para la seguridad ciudadana". La verdad es que la mayoría de los artículos tienen una definición muy genérica, muy distinta a la concreción que sí se utiliza en el borrador de 2013.

Manifestaciones y escraches

Por ejemplo, la 'ley Corcuera' dice que la Policía puede disolver manifestaciones si en ellas se están cometiendo delitos tipificados, si se altera el orden público con peligro para personas o bienes, "o cuando se usen uniformes paramilitares por los asistentes". Ahora incluso se regula aún más la indumentaria de los manifestantes. Taparse la cara con una capucha, una gorra o un casco supondrá una fuerte multa (infracción muy grave) si se ha hecho para alterar el orden público.

El escrache y los actos de acoso a cargos públicos serán infracciones muy graves, según Efe. A la espera de conocer el contenido del anteproyecto de ley, Interior ha dejado claro que la nueva ley capacita a la Policía para establecer cordones de seguridad cuando considere que se están produciendo estas acciones "de acoso". El Gobierno pretende castigar así lo que los jueces, en sus últimas sentencias, no han considerado delito.

Protestas con vehículos

La 'ley Corcuera' ya facultaba a las Fuerzas de Seguridad para "limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia". La nueva ley tipifica ahora como falta muy grave colapsar con vehículos una vía de comunicación, como hizo en Cataluña el movimiento que se opone al pago de peajes. La Policía tendrá potestad para disolver la protesta. Escalar a un monumento o edificio emblemático será considerado falta grave. También las protestas no comunicadas o prohibidas en infraestructuras "críticas", como centrales nucleares o pistas de aeropuerto.

Proteger los Parlamentos

Como novedad, la nueva ley concreta lugares específicos donde no se pueden realizar manifestaciones o concentraciones no autorizadas. Ninguna protesta frente al Congreso, el Senado, los Parlamentos autonómicos o los altos tribunales. Tampoco si están vacíos. Ahora constituye una infracción muy grave, castigada con multas de entre 30.001 y 600.000 euros. El Gobierno lo tipifica como infracción administrativa porque no tuvo el respaldo de los jueces. La Audiencia Nacional desestimó el intento del Ministerio del Interior de atribuir a los manifestantes y convocantes de ‘Rodea el Congreso’ un delito contra las altas instituciones del Estado.

Grabar a agentes

No estaba contemplado en la 'ley Corcuera'. Ahora será infracción muy grave el uso o difusión de fotos o imágenes de policías que supongan mofa para ellos o algún riesgo para la seguridad. El ministerio del Interior tuvo que defender las cargas policiales que se produjeron en la estación madrileña de Atocha tras las protestas que rodearon al Congreso. Las imágenes grabadas por internautas provocaron que Interior tuviera que abrir una investigación de la actuación policial, que al final quedó en nada. También serán sancionados con multa quienes profieran amenazas, insultos, coacciones, injurias y vejaciones hacia los agentes de la Policía Nacional o la Guardia Civil. Castigado con hasta 600.000 euros.

Nuevos supuestos

La nueva ley contempla sanciones económicas para una amplia batería de conductas: hacer botellón perturbando "el orden público", trasladar en coche a drogadictos hasta los puntos de compra de la droga (las llamadas 'cundas'), dañar el mobiliario urbano, hacer barricadas, maltratar animales en espectáculos públicos y deslumbrar con punteros de rayo láser a pilotos de avión, maquinistas de tren o conductores de autobús. Nuevas infracciones que no existían en 1992. Los padres deberán hacerse cargo de la sanción económica por los daños que causen sus hijos en acciones violentas. El Ayuntamiento de Madrid, del PP, también prepara una ordenanza cívica que castiga con multas las 'cundas', las acampadas como las del 15-M y los 'gorrillas'.

Plantar marihuana

La 'ley Corcuera' ya sancionaba como infracciones graves "el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes, o sustancias psicotrópicas, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo". El nuevo borrador que se aprobará en breve también castiga plantas y cultivar estupefacientes como la marihuana, aunque no sea para traficar".

Prostitución. Multas para clientes y meretrices

Otra novedad que no se mencionaba en la ley de 1992. Será falta grave ejercer la prostitución y aceptar sus servicios en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes. Lo que significa que podrán ser sancionados también los clientes. Interior ha querido dejar claro que la prostitución como tal no se sanciona, y que solo se castigará en estos supuestos por vulnerabilidad del lugar.

Cuantía de las multas

No varía mucho de una ley a otra. Las graves estaban sancionadas en 1992 entre los 300 y los 30.000 euros. Ahora la cuantía mínima sube a 1.001 euros y se mantiene la máxima en 30.000. Las muy graves siguen entre los 30.000 y los 600.000 euros. En realidad la 'ley Corcuera' establecía 16 faltas graves. Y diez de ellas se convertían en muy graves si suponían además un atentado contra la salubridad pública, alteraban los servicios públicos, los transportes o la regularidad de los abastecimientos, o se habían producido con violencia. Ahora, la 'ley Fernández' crea nuevas infracciones muy graves.

Quizás la más sangrante sea la convocar protestas no autorizadas a través de Internet, las redes sociales o cualquier otra vía. Con esta infracción, que puede ser castigada hasta con 600.000 euros, el Gobierno pretende desactivar la principal herramienta de difusión de las grandes protestas ciudadanas de los tres últimos años. Las redes sociales han sido el motor y el altavoz del 15-M, Rodea el Congreso o Asalta el Congreso, así como de las convocatorias de los principales escraches a políticos.

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