La sentencia alega que existía "un riesgo inminente en la integridad física" del paciente, Alejandro C. S., que empeoraba mientras esperaba la intervención quirúrgica.
La patología del enfermo requería, según el Defensor del Paciente, una actuación inmediata, pero no se le prescribió una intervención, suponiendo dicho retraso "un grave riesgo de expansión del carcinoma".
Ante la negativa de la Seguridad Social, el paciente se vio obligado en diciembre de 2005 a acudir a la sanidad privada en la Clínica Teknon, donde fue inmediatamente intervenido, aunque posteriormente murió.


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