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Los cónyuges no podrán heredar el patrimonio de su pareja si son condenados por violencia doméstica

  • La Generalitat aprueba la reforma del derecho civil para adaptar la norma a la ley general del Estado.
  • Hasta ahora el maltratador heredaba el patrimonio de su víctima.
  • Catalunya quiere "penalizar" de esta manera la violencia doméstica.

Un cónyuge no podrá heredar en Catalunya el patrimonio de su pareja cuando haya una condena en firme con maltrato hacia su pareja, según ha anunciado la consellera de Justicia de la Generalitat, Montserrat Tura.

La reforma del Código Civil catalán incluye dentro de esta medida a los hijos que vejen a sus padres.

La medida también incluye a los hijos que vejen a sus padres
El gobierno catalán ha aprobado hoy la reforma del libro cuarto del derecho civil catalán que trata sobre las herencias para "adaptarlo a una realidad que a veces es desagradable", comentó Tura.

Hasta ahora cuando se un miembro de la pareja era condenado por violencia de género podía heredar el patrimonio de su pareja.

Penalizan la violencia doméstica

La nueva normativa "penaliza la violencia doméstica" al contemplar la "indignidad" para suceder de aquel cónyuge que haya sido condenado en firme por maltratar a su pareja.

"Será incompatible heredar bienes del cónyuge si éste ha muerto por maltrato de su pareja", manifestó Tura.

La medida será extensible a los hijos que maltraten a sus padres, pues el texto legal "es amplio y no distingue el autor de la violencia doméstica, mientras resulte probado", aclaró la consellera.

Con este cambio legal, Catalunya se sitúa a la cabeza de las autonomías en la persecución de la violencia de género, puesto que el derecho foral catalán prevalece al español en la comunidad.

Herederos y viudas

La reforma de Sucesiones mantiene figuras históricas del derecho catalán, como el heredero o el usufructo viudal, pero introduce una serie de modificaciones para modernizar y actualizar esta norma.

El heredero --figura que tradicionalmente ha servido para garantizar la viabilidad de las explotaciones agrarias catalanas-- ya no será únicamente el primogénito u otro descendiente, sino también un tercero de fuera de la familia, por ejemplo un masovero.

El heredero podrá ser un tercer miembro fuera de la familia
Por otro lado, se amplían las garantías de las viudas y viudos que hereden en usufructo, es decir sólo pueden usar y disfrutar un bien, pero sin ser propietarios, calidad que hasta ahora se reserva a los hijos del cónyuge muerto.

Así, los viudos o viudas tendrán derecho a una cuarta parte de la herencia del difunto en propiedad, con la opción del usufructo sobre la vivienda conyugal, más una octava parte de la herencia.

El parroco ya no hará de notario

Otra novedad consiste en la supresión de la posibilidad de testar ante el rector de la parroquia en caso de que el peligro de muerte impida ir al notario, sustituyéndose esta figura por el alcalde de la localidad.

La normativa equipara la persona que convive en pareja de hecho al cónyuge viudo, con la condición de que esta situación se haya formalizado en escritura pública, haya un hijo en común o se acredite la convivencia durante al menos cuatro años.

Testamentos conjuntos

El alcalde sustituirá al parroco cuando el peligro de muerte impida acudir al notario
La normativa cambia el estatus del "testamento conjunto", de tal forma que en caso de que uno de los cónyuges decida modificarlo por su cuenta debe comunicarlo obligatoriamente al otro, a diferencia de lo que pasaba hasta ahora.

También se impide el legado (dar una parte de la herencia a una determinada persona) más allá de la segunda generación (de padres a hijos), con lo que se impedirá dar una parte de la herencia a terceros ajenos al vínculo familiar o a personas no nacidas.




56 Comentarios
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Dice ser Corrector
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Dice ser Corrector, 30.01.2007 - 14.36h

Se dice y se escribe cónyuge

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Dice ser @@@@
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Dice ser @@@@, 30.01.2007 - 14.58h

Muy buena medida. Enhorabuena.
Que tomen rota el resto de comunidades, esto deberia ser siempre asi, por logica

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Dice ser manuel
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Dice ser manuel, 30.01.2007 - 15.02h

no lo veo bien la verdad, aumentaran las denuncias falsas por el maldito dinero y por dinero la gente se mata.
en caso de maltrato real pues bueno estaria bien pero es tan dificil discernirlo.

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Dice ser sergio
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Dice ser sergio, 30.01.2007 - 15.06h

pregunta del millon y quien se quedara con los bienes en casod e asesinato???? el estado catalan???? si es asi mala reforma

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Dice ser Soy un troll
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Dice ser Soy un troll, 30.01.2007 - 15.06h

Pro loq ue he leído he entendido que si matas a tu cónyuge no tienes derecho a la herencia.

Joder, es que e s de cajón.
Acaso si yo asesinase a mis padres es lógico que herede...

Debería reformarse para todos los casos de asesinatos...

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Dice ser persona normal
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Dice ser persona normal, 30.01.2007 - 15.09h

Si no te gusta, no la pegues o no lo maltrates........

Si no te gusta dejala dejalo ...... es mas facil..

No se por que la gente se empeña en sufrir..

No los entiendo yo seré de otro planeta.

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Dice ser maquiavelo
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Dice ser maquiavelo, 30.01.2007 - 15.24h

Mientras no haya distinción por razón de sexo (como ya ocurre con la mal llamada "Ley de violencia de género"), no lo veo mal. Hay que sancionar y penalizar el delito, lo que jode es que se estipulen diferentes penalizaciones por razón de sexo.

Otra cosa a delimitar es quién se quedaría con la herencia en caso de no haber herederos directos. Se estima que es el estado (o cualquiera de sus administraciones delegadas), en cuyo caso se podrian dar muchos casos de cohecho. Hay que tener mucho cuidado con temas como estos.

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contemplador
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Avatar de contemplador
contemplador, 30.01.2007 - 15.26h

    Dice ser manuel - #3:
    ¿y tu que propones? ¿darle un premio?
    Dice ser sergio - #4:
    o el español, en caso de que no existan herederos legales (hijos, hermanos, madre, padre...) como ocurre hasta ahora...Tanto anticatalanismo aburre

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    9 Comentario oculto Leer comentario
    Mala-Idea
    9
    Avatar de Mala-Idea
    Mala-Idea, 30.01.2007 - 15.34h

      Voy a copiarle este mesnaje a mi esposa ... a ver si deja de golpearme.

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      10 Comentario oculto Leer comentario
      Dice ser l
      10
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      Dice ser l, 30.01.2007 - 15.37h

      al comentario 4,

      muy solo tienes que estar en la vida para que lo herede el estado, siempre habra un hijo, padre, sobrino o hasta primo antes que esto.

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