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Me han echado, ¿qué hago?

me han echado, ¿qué hago?
Despidos. (Luis Frutos)
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  • Acaba de suceder y no sabes cómo asumirlo.
  • Te damos algunas pistas sobre los pasos a seguir, los plazos para llegar a un acuerdo o presentar una demanda, y la indemnización que te corresponde.
Pasa hasta en las mejores familias y uno nunca está lo suficientemente preparado para asumirlo. El despido laboral es una de las situaciones más desagradables a las que puede enfrentarse un trabajador. Tras el impacto inicial que genera el anuncio del despido es necesario pararse a pensar qué debemos hacer para evitar perder ninguno de nuestros derechos.

Conviene saber...

Tipos de despido. El más frecuente es el despido objetivo. La empresa puede justificar la extinción del contrato por motivos económicos, organizativos, falta de adaptación del trabajador, ineptitud, etc. El despido debe ser comunicado por escrito con 30 días de antelación. Faltas de asistencia o puntualidad, indisciplina, falta de buena fe, disminución voluntaria del rendimiento o embriaguez habitual son causas de despido disciplinario. Se debe comunicar por escrito.

¿Qué hacer? En el finiquito hay que añadir «Recibido y no conforme» para poder reclamar después. Si se trata de un despido objetivo, se puede cobrar la indemnización y acudir al Inem, aunque se vaya a denunciar. Si no se está de acuerdo, se debe presentar una solicitud para llegar a un acuerdo con la empresa al Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (Smac) de la comunidad autónoma. Para este trámite no hace falta abogado ni procurador. Si no hay acuerdo, se puede presentar una demanda en el Juzgado de lo Social, que tampoco necesita abogado. Una vez celebrado el juicio, se puede recurrir ante el Tribunal Superior de la comunidad, proceso para el que sí se necesita abogado.

Los plazos. Tanto en el despido objetivo como en el disciplinario sólo hay 20 días hábiles para demandar en el Juzgado de lo Social. El paso previo inevitable es el acto del Smac, que se puede prolongar 15 días –en los que se suspende la caducidad de la demanda–. Una vez dictada la sentencia, hay cinco días para recurrir al Tribunal Superior.

Compensaciones. Un despido procedente por causas objetivas supone una indemnización para el trabajador de 20 días por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades. En despidos improcedentes son 45 días por año, o la readmisión, además de abonar los salarios de tramitación.

Con razones... o sin ellas

Procedente. Lo que alega la empresa para extinguir el contrato es cierto. No hay indemnización salvo en caso de despido objetivo: 20 días por año que se cobraron ya.

Nulo. El juez estima que existe violación de derechos fundamentales y libertades públicas. Hay que readmitir al trabajador y se le pagan los salarios que no percibió.

Improcedente. Los motivos para justificar el despido no están probados o existen defectos de forma. Se puede readmitir al trabajador o establecer una indemnización.

Una triste realidad

Andrés Juan. Informático, 32 años.

"Me llamaron de recursos humanos, me contaron que la empresa se iba a reorganizar y que afectaba a mi departamento. Tenían una carta preparada, acepté lo que me ofrecían, firmé el finiquito y me fui amistosamente. Después supe que habían contratado tres personas más y que todo seguía igual. Ahora pienso que lo tenía que haber hecho de otra manera".

Verónica Herranz. Camarera, 24 años.

"En mi empresa no se suele despedir nunca a nadie, pero hay algunos que dejan de trabajar de repente y no para de llegar gente nueva. Parece ser que todo son contratos por obra y servicio, como el mío, o periodos de prueba. Sólo tienen que decir que no has pasado la prueba o que no te renuevan. Creo que no se gastan mucho en indemnizaciones".

104 Comentarios
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Dice ser Merce
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Dice ser Merce, 12.02.2010 - 20.15h

Llevo 10 años trabajando para una emresa, el dia 1 de marzo acaba mi baja maternal pero 15 dias antes de mi incorporacion me llaman y me dicen q tienen q rescindir el contrato por motivos economicos. Q tipo de despido es? objetivo? cuantos dias me corresponderian por año? con cuanta antelacion me lo tienen q notificar? tan solo ha sido verbal, no me han dado ninguna carta. Gracias.

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Dice ser piscis
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Dice ser piscis, 18.05.2010 - 19.24h

trabajo en una empresa de 140 empleados la empresa a solicitado el despido objetivo de 18 trabajadores entre ellos yo con una antiguedad de 40 años y con 57 años otro con 58 años y casi la misma antiguedad que la mia el resto 1o años a menos an prejuvilado ultimamente a 3 compañeros con lo del contrato de relevo en la empresa trabajan jente con contrato aunque alegan que estan de mantenimiento autonomos en todas las obras mas grandes la empresa a tenido bastantes beneficios incluso a fecha de hoy se le puede considerar a esta persona un buen empresario o un hijo de la gran puta sin miramiento de ninguna clase por los que le an hecho rico se se an dejado toda una vida y ahora que pueda tener la oportunidad de aprobecharse de la situacion de la crisis para hacer esas cosas con todo el mal que me esta haciendo sera para denunciarlo y sacarle todo lo que se pueda aunque en mi caso seguro que no lo arruinara porque savemos que dispone de una gran fortuna asin se la gaste con quimioterapia

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Dice ser marcela
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Dice ser marcela, 21.11.2010 - 03.19h

A mi me pusieron el despido más la propuesta de un acuerdo; pero que no me querìan ya que CITIFINANCIAL cerraría dentro de poco. Me dijeron que si no firmaba igual me echaban. La verdad muy malos modos, educación, con risitas hipócritas, etc.

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Dice ser jose
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Dice ser jose, 07.12.2010 - 17.52h

hola,llevo 15 años en la empresa y con el rollo de la crisis anda en el aire que van a hechar gente,con las nuevas leyes yo no me aclaro,soy de los que tienen mas antiguedad en la empresa,si me quieren liquidar que me tocarian ''?? los 20 dias o 45??

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