Archivada la investigación sobre la destrucción de los discos duros de Bárcenas

  • La jueza considera que los hechos no son constitutivos de ningún delito.
  • Ha decidido el sobreseimiento respecto al supuesto delito de daños y el sobreseimiento provisional respecto al supuesto delito de encubrimiento.
  • "Hallándose los ordenadores en la sede del PP a él le pertenecen salvo prueba en contra", añade en el auto.
El extesorero del PP, Luis Bárcenas.
El extesorero del PP, Luis Bárcenas.
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El extesorero del PP, Luis Bárcenas.

La jueza de instrucción número 32 de Madrid ha acordado el sobreseimiento provisional y archivo de la investigación sobre la destrucción de los discos duros de los dos ordenadores que tenía en la sede del partido el extesorero del PP Luis Bárcenas, al considerar que los hechos no son constitutivos de ningún delito.

En su auto, la jueza señala que no hay prueba que pueda practicarse en esta causa "tendente a determinar la titularidad" de los discos duros, de forma que ha de presumirse que pertenecen al titular del inmueble donde se encontraban, "con lo que, hallándose los ordenadores en la sede del PP a él le pertenecen salvo prueba en contra". No concurren, por lo tanto, los elementos del tipo penal de daños ni de encubrimiento.

La magistrada María Esperanza Collazos añade que el director de la Asesoría Jurídica del PP, Alberto Durán Ruiz de Huidobro, declaró que no le consta al partido que exista en sus dependencias ningún equipo informático propiedad de Bárcenas.

Hace unos días, el fiscal de Madrid, en consonancia con la postura que mantenía la Fiscalía Anticorrupción, pidió este sobreseimiento al entender que en el borrado de los discos duros de Bárcenas no se ha cometido ningún delito de daños ni de encubrimiento.

La juez explica que Bárcenas entregó un pen-drive conteniendo al parecer la información de un ordenador Toshiba, "aunque el mismo carece de USB", y en cuanto al ordenador Apple "ha desaparecido cualquier información, habiendo procedido el PP a destruir su contenido cuando Bárcenas dejó de prestar los servicios para el partido como titular de los bienes de equipo" según el "protocolo".

Por todo ello, la juez decide el sobreseimiento respecto al supuesto delito de daños. Por otra parte, señala que "no existe delito de encubrimiento si no se encubre un delito, y éste no ha sido declarado probado".

Añade que por ello, "sin perjuicio de lo que resulte acreditado en el procedimiento" principal, el denominado 'caso Bárcenas', que instruye el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz, procede también el sobreseimiento provisional respecto al supuesto delito de encubrimiento.

El juez Pablo Ruz pidió el pasado 19 de septiembre que los juzgados ordinarios de Madrid fueran los que investigaran la destrucción de los discos duros de los dos ordenadores de Bárcenas. De esta forma el magistrado admitía la petición que en este sentido le habían hecho las acusaciones y la defensa de Bárcenas tras conocer que el PP había informado al juez de la destrucción de esos discos duros.

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