Hacienda publicará el mismo día los datos de déficit del Estado, las comunidades y la Seguridad Social

Actualiza las cuentas de las administraciones con el nuevo criterio de imputación de las devoluciones de impuestos

El Ministerio de Hacienda y Administraciones Publicas concentrará en un mismo día del mes las publicaciones mensuales de ejecución de las administraciones públicas en términos de contabilidad nacional, por lo que publicará a la vez los datos de déficit del Estado, de las comunidades autónomas y la de la Seguridad Social.

Según explica el Departamento dirigido por Cristóbal Montoro en un comunicado, este cambio se hace para mejorar la información y que resulte más completa y comprensible, facilitando su seguimiento.

En concreto, la información mensual consolidada del Estado, las comunidades autónomas y la Seguridad Social en términos de contabilidad nacional que se venía ofreciendo el día 15 de cada mes, se facilitará simultáneamente y con el mismo calendario con el que se vienen publicando los principales indicadores de la actividad económica y financiera del Estado.

De esta forma, los datos consolidados correspondientes al mes de agosto del Estado, las comunidades autónomas y la Seguridad Social se ofrecerán el próximo día 29 de octubre junto a los principales indicadores de la actividad económica y financiera del Estado correspondientes al mes de septiembre.

Así y pese a que los datos se publicarán el mismo día, el Estado irá un mes por delante de las comunidades, por lo que el próximo día 29 se conocerán el dato consolidado de déficit público hasta agosto y el déficit de la Administración Central hasta septiembre.

Actualización de las series

Por otro lado y de conformidad con el compromiso alcanzado con las autoridades europeas, Hacienda ha procedido a actualizar las series mensuales, trimestrales y anuales publicadas, correspondientes a las cuentas de las Administraciones Públicas en términos de contabilidad nacional, para adecuarlas al nuevo criterio de imputación temporal de las devoluciones de impuestos.

Esta adecuación ya se produjo a instancias de la Comisión Europea respecto de los datos anuales de 2012 remitidos en el seno del procedimiento por déficit excesivo, pero estaba pendiente de actualizar la serie completa desde el año 1998 con el fin de recoger adecuadamente este criterio.

A partir de este momento, todos los datos desde el año 1998 ya sean mensuales, trimestrales o anuales se han elaborado recogiendo el nuevo criterio de registro de las devoluciones impositivas, permitiendo así que las comparaciones entre distintos meses, trimestres o ejercicios resulten homogéneas.

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