UPyD Pinseque recuerda al alcalde que el Justicia de Aragón le sugiere que facilite información a concejales

UPyD ha recordado al alcalde de la localidad zaragozana de Pinseque, Juan Luis Melús, que el Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, le ha sugerido que facilite información a concejales.
Fernando García Vicente
Fernando García Vicente
EUROPA PRESS
Fernando García Vicente

UPyD ha recordado al alcalde de la localidad zaragozana de Pinseque, Juan Luis Melús, que el Justicia de Aragón, Fernando García Vicente, le ha sugerido que facilite información a concejales.

"Los alcaldes deben proporcionar a los miembros de las corporaciones toda la información y documentación que sea necesaria", ha recordado el concejal de UPyD en Pinseque sobre la recomendación del Justiciazgo respecto a la discrepancia surgida en torno al acceso a un expediente por parte del concejal de la formación magenta.

"Tras una segunda negativa del alcalde a una petición de acceso a un expediente, UPyD decidió dirigirse al Justicia de Aragón, relatando los hechos y aportando los documentos que lo justificaban", han explicado en un comunicado para añadir que "la respuesta viene a dar la razón a nuestro grupo y se dirige al Ayuntamiento para recordarle la necesidad de facilitar el acceso de los Concejales a los documentos administrativos, dado que su denegación injustificada puede afectar al correcto ejercicio de su función representativa".

En la resolución, el Justicia de Aragón, después de recordarle al alcalde el artículo 23.2 de la Constitución, así como otra legislación, continua explicando respecto del derecho a la participación y a la información que "cuando un cargo representativo ejerce sus funciones, estos derechos van íntimamente unidos y, en consecuencia, no debe encontrar cortapisas para ello".

Añade la resolución del Justicia que "de forma indirecta, se elevan obstáculos improcedentes a la plena efectividad del derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos, piedra angular de nuestro sistema democrático".

Desde UPyD han subrayado que el Justiciazgo recuerda la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo en cuanto a que una vez accedido al cargo se "participa de una actuación pública que se manifiesta en una amplia gama de asuntos concretos municipales, entre los que cabría destacar el derecho a la fiscalización de los asuntos municipales y el control, análisis, estudio e información de los antecedentes obrantes, tanto para su labor de control, como para documentarse con vistas a decisiones de futuro".

Relato de los hechos

La discrepancia comienza el pasado 10 de julio, cuando se convoca un Pleno Extraordinario y al acudir a las dependencias municipales a revisar los asuntos incluidos en el orden del día, el portavoz de UPyD solicita acceso a un expediente finalizado, en concreto la adjudicación del "servicio de asistencia técnica para la realización de una auditoría energética en el alumbrado público de Pinseque".

En ese mismo momento se "avisó verbalmente al secretario y luego por mail, de la imposibilidad de estar presente en el Pleno convocado para el día 12 de julio a las 14.00 horas por motivos laborales".

Pese a la comunicación de este hecho, al día siguiente, el 11 de julio, el "alcalde autoriza a ver el expediente el día 12 de Julio en horario de 13.00 a 15.00 horas", han relatado.

"Desde UPyD entendemos que cualquiera que actúe de buena fe, entiende que si un Concejal no puede acudir un día a las 14.00 horas a un Pleno, tampoco puedo acudir ese mismo día a la misma hora a ver un expediente".

Así, se comunica a Alcaldía estos hechos, reiterando la solicitud, pero el alcalde la deniega "esgrimiendo esta vez que en un Pleno pudo verse una resolución de Alcaldía de la adjudicación, obviando de manera consciente que poder ver una resolución de adjudicación dista mucho de la información completa que existe en un expediente completo".

También esgrime el alcalde que el portavoz de UPyD había tenido "suficientes ocasiones para examinar dicho expediente", pero el concejal de esta formación ha lamentado que "olvida también que un expediente no se puede ver sin su autorización y que solamente se autorizó una vez en un horario que era conocido de antemano que no podía acudir.

Pese a esta segunda negativa se solicita de nuevo el acceso explicando estos extremos y recordándole que la legislación vigente regula que "los ciudadanos tienen derecho a acceder a los registros y a los documentos que, formando parte de un expediente, obren en los archivos administrativos, cualquiera que sea la forma de expresión, gráfica, sonora o en imagen o el tipo de soporte material en que figuren, siempre que tales expedientes correspondan a procedimientos terminados en la fecha de la solicitud". Por lo que desde UPyD entienden que un concejal "no puede tener menos derechos que un ciudadano".

Pero el alcalde responde de nuevo "negando el acceso y comunicando que al concejal ya le contesté en la anterior notificación", sin dar más motivación por lo que se decide pedir amparo al Justicia de Aragón, han concluido.

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