Un juez anula el primer matrimonio entre personas del mismo sexo en Colombia

  • El Consejo de Estado dictaminó que dos personas del mismo sexo pueden constituir una familia, lo que llevó a varias parejas a acudir a juzgados.
  • "Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio", dice la Constitución colombiana.
España fue el tercer país que aprobó una ley que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo. Las primeras uniones civiles homosexuales llegaron en verano de 2005. En la imagen, una pareja de Sevilla.
España fue el tercer país que aprobó una ley que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo. Las primeras uniones civiles homosexuales llegaron en verano de 2005. En la imagen, una pareja de Sevilla.
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España fue el tercer país que aprobó una ley que permitía el matrimonio entre personas del mismo sexo. Las primeras uniones civiles homosexuales llegaron en verano de 2005. En la imagen, una pareja de Sevilla.

Un juez colombiano ha declarado este miércoles la nulidad del primer matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el país por considerar que dicha unión no se ajusta a la Constitución.

El matrimonio civil de dos hombres fue celebrado el pasado 20 de septiembre por un juez municipal de Bogotá, pero otro juez de lo Civil lo declaró nulo con base en una acción de tutela presentada por la Fundación Marido y Mujer, según medios locales. El presidente de la Fundación, Javier Suárez, explicó a periodistas que la sentencia señala que la pareja cuyo matrimonio fue cuestionado tiene derecho a formalizar su unión, pero "dando a ese vínculo la denominación de contrato civil exclusivamente".

Suárez explicó que el Juzgado de lo Civil aceptó el argumento de que la Constitución y el Código Civil establecen que las uniones maritales se dan entre dos personas de distinto sexo. "La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla", señala el artículo 42 de la Constitución colombiana.

El senador Armando Benedetti, del Partido de la U, que en 2011 presentó un proyecto de ley para instituir el matrimonio entre personas del mismo sexo, rechazado el 24 de abril de este año por el Senado, criticó la decisión judicial.

"Esta no será ni la primera ni la última decisión que tome un juez en contra de las parejas del mismo sexo. Por eso he insistido que el camino para lograr la efectiva protección de los derechos fundamentales de las parejas homosexuales es una revisión de todos los expedientes de tutela en este sentido ante la Corte Constitucional", aseguró Benedetti en un comunicado.

Tras el rechazo en el Congreso del proyecto de ley sobre matrimonio homosexual, el Consejo de Estado dictaminó el pasado 20 de junio que dos personas del mismo sexo pueden constituir una familia, lo que llevó a varias parejas a acudir a juzgados para legalizar su "unión conyugal".

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