Además, condena a 23 de sus miembros a seis años de prisión, mientras que absuelve a uno de ellos, Egoitz López de la Calle.
El Tribunal Supremo revoca la sentencia de la Audiencia Nacional que concluyó que estas asociaciones no se podían considerar 'organizaciones terroristas' puesto que éstas deben ser bandas armadas cuyo objetivo sea cometer delitos con la finalidad de causar alarma en la población y alteración de la convivencia.
La diferencia entre ambas consideraciones supone que los acusados pasan a cumplir penas de mayor duración.
En junio de 2005, la Audiencia Nacional condenó a 24 miembros de las organizaciones a tres años y medio de cárcel por 'asociación ilícita'.
Jarrai, Haika y Segi son grupos juveniles que fueron ilegalizados por considerarse probada su vinculación con ETA.
La primera consecuencia tras conocerse el fallo ha sido que la Audiencia Nacional ha emitido una orden para la inmediata detención de los 23 miembros condenados, que se encontraban en libertad condicional, ya que algunos de ellos ya habían pasado hasta 4 años en la cárcel.
Ahora, la Audiencia tendrá que restar los años pasados en prisión a la condena de seis años impuesta por el Tribunal Supremo.
Las bandas de Jarrai, Haika y Segi han protagonizado actos de violencia callejera en el País Vasco durante los fines de semanas, unos disturbios que han continuado después de que ETA declarara un alto el fuego el pasado marzo, y en los que se han arrojado explosivos caseros incendiarios contra edificios públicos y autobuses.
El Gobierno expresó como es habitual su máximo y total respeto a las sentencias judiciales, y concretamente a ésta que condena a las organizaciones juveniles del entorno de ETA la calificó de 'importante'.
'Estudiaremos su contenido con toda atención porque seguro que aportará cosas importantes', dijo hoy la vicepresidente primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
/Por Itziar Reinlein/

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