Un juez de Madrid afirma en una sentencia que el IRPH hipotecario es una cláusula abusiva

  • Ha suspendido la ejecución de una vivienda por impago de la hipoteca al considerar que el contrato del préstamo tenía cláusulas abusivas.
  • Es la primera vez que un fallo judicial considera abusivo el IRPH.
  • Mientras el euríbor estuvo por debajo del 0,50%, el IRPH no baja del 3%.
Una pareja informándose sobre las condiciones de una hipoteca.
Una pareja informándose sobre las condiciones de una hipoteca.
GTRES
Una pareja informándose sobre las condiciones de una hipoteca.

Que el IRPH es una cláusula abusiva no lo dicen ya lo afectados o sus asociaciones; lo dice la Justicia. Un juez de Collado Villalba (Madrid) ha suspendido la ejecución de una vivienda por impago de la hipoteca al considerar que el contrato del préstamo tenía cláusulas abusivas.

Entre las condiciones consideradas lesivas para el hipotecado, este magistrado incluye el IRPH, el índice al que estaba referenciado el crédito. La sentencia, fechada el pasado 5 de septiembre, lo considera abusivo y es la primera vez que así lo estima un fallo judicial.

El IRPH, referencia usada en cerca del 10% de las hipotecas sobre viviendas, ha sido denunciado por varios colectivos por lo elevado de sus tipos de interés, claramente superiores a los del más extendido euríbor. A diferencia del euríbor, que ha llegado a estar por debajo del 0,50%, el IRPH no ha llegado a bajar del 3%.

En la sentencia el juez afirma que "establecer el IRPH como índice en sustitución del euríbor resulta más perjudicial para el prestatario, lo que da lugar a declarar dicho índice como abusivo".

Junto al IRPH, el magistrado señala que el principal elemento para anular la ejecución es que la hipoteca contaba con cláusula suelo y un límite por debajo en el interés a pagar del 5,50%. También considera abusivos los intereses de demora del 20% y la imposición al hipotecado de los gastos procesales por incumplimiento de las obligaciones del contrato. Finalmente, censura que la entidad que concedió el préstamo (una caja) pueda declarar de forma unilateral el vencimiento anticipado de la hipoteca por el impago de una sola cuota.

"A la vista de las numerosas cláusulas abusivas debe acordarse la improcedencia de la presente ejecución y, por tanto, el sobreseimiento de la misma", concluye el juez.

Se calcula que más de un millón de familias hipotecadas, con el IRPH en sus hipotecas, no se han podido beneficiar de la caída a mínimos en los tipos de interés oficiales. La sentencia se ha publicado apenas unos días después de que el Congreso aprobase el sustituto del IRPH, tanto el de las cajas como el de bancos o el de la CECA.

El 1 de noviembre el IRPH deja de existir. En ese momento será sustituido por el euríbor si así lo incluye el contrato. De lo contrario, si no lo especifica, se aplicará el tipo medio de las hipotecas a más de tres años más un diferencial máximo del 1%, una suma que puede superar en varios puntos el euríbor.

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