La Audiencia de Barcelona ha absuelto de un delito de estafa procesal al invidente que conducía a 154 kilómetros por hora, al descartar que fingiera su ceguera.
Según la sentencia, Domingo Merino debe ser considerado legalmente ciego, pese a que él mismo admite que conserva un punto de visión en un ojo.
Además, considera que no es "materialmente imposible" que condujera a 154 km/h y firmara el boletín de denuncia, siempre con ayudas que suplieran su minusvalía.
Recuerda el tribunal que cuando Merino fue sorprendido al volante circulaba por la autopista, en un tramo recto de cuatro kilómetros, y que fue él mismo quien pidió a su esposa conducir un rato porque sabía que la carretera no tenía curvas.
Absuelto también en 2004
Merino fue absuelto en un juicio en 2004, acusado de fingir que había quedado ciego en el accidente de tráfico que tuvo en febrero de 1996 para lograr una indemnización de su aseguradora, Mapfre, de 546.780 euros.
El Tribunal Supremo anuló el juicio porque no se permitió declarar a una testigo de última hora que debía certificar que Merino sí veía.
Pero en el juicio, la testigo, que fue empleada de hogar de Merino, se retractó y aclaró que había mentido para vengarse de la esposa del procesado, que había ido contando que ella trabajaba en un bar de prostitutas.

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