La Fiscalía "mantiene su postura de acusación" en el crimen de la enfermera tras el informe del IML

El Ministerio Fiscal "se mantiene en su misma postura" de acusación en el conocido como 'crimen de la enfermera', ocurrido el 8 de octubre del pasado año en Jaén, después de que el Instituto de Medicina Legal (IML) haya ratificado "en esencia" el informe de autopsia que realizó a la mujer víctima de dicho suceso, y en el que precisamente se basó la Fiscalía para culpar de su asesinato al marido de ésta, que actualmente se encuentra en libertad provisional por estos hechos.

El Ministerio Fiscal "se mantiene en su misma postura" de acusación en el conocido como 'crimen de la enfermera', ocurrido el 8 de octubre del pasado año en Jaén, después de que el Instituto de Medicina Legal (IML) haya ratificado "en esencia" el informe de autopsia que realizó a la mujer víctima de dicho suceso, y en el que precisamente se basó la Fiscalía para culpar de su asesinato al marido de ésta, que actualmente se encuentra en libertad provisional por estos hechos.

De esta manera, fuentes de la Fiscalía de Jaén han subrayado este jueves a Europa Press que el nuevo informe del IML, que sitúa la muerte de esta mujer en la franja temporal que transcurre "entre las 15,34 y las 21,55 horas" del 8 de octubre de 2012, por lo que incluye un periodo de tiempo en el que el marido de esta enfermera se encontraba en la casa, "no cambia nada" en relación a la postura que "desde siempre" ha venido manteniendo en este caso.

Como se ha informado, esta ratificación del informe inicial del IML "contradice" al que posteriormente se emitió a raíz de un estudio presentado por la defensa del acusado elaborado por la Universidad de Málaga, que situó la hora de la muerte "en torno a las 21,00 horas", lo que avalaría la coartada del acusado —que siempre ha defendido que salió de su casa a las 20,00 horas de ese día y su mujer estaba con vida— y sirvió para que el Juzgado de Violencia de Género de Jaén decretase en julio su libertad provisional, una decisión que este mismo mes de septiembre ha sido ratificada por la Audiencia Provincial, que desestimó así un recurso que la Fiscalía interpuso contra esa medida.

En todo caso, el abogado de Jesús A.P. ya explicó en aquel momento que la decisión de dejar en libertad provisional a este hombre obedecía a la creencia de la Audiencia de que "no se dan los requisitos necesarios" que motivan la prisión provisional de una persona, "fundamentalmente, el riesgo de fuga o de destrucción de pruebas", por lo que no significa que el tribunal asumiese que el acusado no había tenido relación con lo sucedido.

En un primer momento, el caso de la muerte de esta mujer, nacida en 1966 y enfermera de profesión, se trató como un suicidio, si bien la investigación determinó que podía tratarse de un homicidio por el que días después se detuvo al marido.

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