El Consejo de Estado recomendó afinar la pena para las webs de enlaces y excluir a buscadores

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, durante una rueda de prensa.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, durante una rueda de prensa.
EFE/PACO CAMPOS
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, durante una rueda de prensa.

"No todas las páginas web de enlaces atentan contra la propiedad intelectual". Esta frase está incluida en el dictamen —no vinculante— que el Consejo de Estado aprobó el pasado 27 de junio sobre el anteproyecto de ley de reforma del Código Penal, enviado definitivamente como proyecto de ley al Congreso de los Diputados el pasado viernes por el Consejo de Ministros.

Tres meses ha tardado el organismo en hacer público el dictamen, aunque la parte relativa a la prisión permanente revisable se filtró hace unas semanas. El texto que llegó al Consejo de Estado no es el mismo que el que ha iniciado ahora su tramitación parlamentaria: el borrador ha sufrido cambios, entre ellos, los que afectan a los dos artículos relativos a la propiedad intelectual.

El dictamen del Consejo de Estado —que 20minutos solicitó formalmente sin éxito tanto al Consejo como a Justicia tras su aprobación— dice que "no debería penalizarse sin más por el mero hecho de enlazar a otros sitios web" y que la ley debería sancionar "aquellas conductas cuya principal actividad sea la de facilitar de manera específica y masiva la localización de obras y prestaciones que indiciariamente se ofrecen sin autorización".

Por eso, y "en coherencia" con el Anteproyecto de Ley de modificación del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual "que se está tramitando", le dice al Gobierno que centre el tiro. Con las frases mencionadas, bastante elocuentes, el Consejo de Estado le dice al Ejecutivo que debería revisar el artículo 271 —según estaba redactado en el borrador del mes de abril—, en el que se contemplan los tipos agravados para delitos contra la propiedad intelectual y en el que se incluía a las webs de enlaces.

En el apartado 2 se preveían penas de hasta seis años de cárcel para quien "preste de forma no ocasional un servicio de referenciación de contenidos en Internet que facilite la localización activa y sistemática de contenidos objeto de propiedad intelectual ofrecidos ilícitamente (...) en particular ofreciendo listados ordenados y clasificados de enlaces a las obras", siempre que quisiera obtener un beneficio directo o indirecto y cuando su acción implicara una trascendencia económica especial, fuera de especial gravedad o el culpable perteneciese a una organización, entre otras cosas.

El Consejo de Estado dice que este "es un tipo (delictivo) muy abierto" y que podría llegar a suponer un castigo penal, por ejemplo, para los buscadores. El Gobierno tomó nota e hizo unas modificaciones muy concretas en el texto.

Los cambios en el borrador

En primer lugar, introdujo en la exposición de motivos del anteproyecto de ley un párrafo que dejaba claro que los tipos de conducta delictiva descritos en la ley no afectan a los "motores de búsqueda" neutrales —por ejemplo, Google—, a quien realice actividades de "intermediación técnica" o a quien "meramente enlace ocasionalmente" a contenidos de terceros.

En segundo lugar, decidió sacar a las webs de enlaces del artículo 271 para incluirlas en el 270 y, de esta forma, acotar ese tipo delictivo "abierto" —con expresiones como vulnerar derechos "de forma significativa "— y rebajar su condición única de delito grave; si no concurren ciscunstancias de gravedad, en principio, la pena máxima es de cuatro años de cárcel, aunque es cierto que tanto los tipos básicos como los agravados tienen en cuenta el volumen de las obras.

Nada se dice de forma específica, por ejemplo, de las redes sociales o del P2P, aunque el Ministerio de Justicia detalló el pasado viernes en una nota de prensa que no se actuará "contra usuarios" ni contra "los programas P2P que permiten compartir contenidos".

La expresión "facilitar el acceso", que causó tanto revuelo el pasado mes de mayo y que fue idea del Consejo Fiscal, sigue, no obstante, intacta en el texto; añadida a otra, la de "beneficio directo o indirecto", sigue causando preocupación en la mayoría de expertos, sobre todo teniendo en cuenta la jurisprudencia al respecto. La exclusión expresa de los buscadores, según algunas voces, también podría volverse en contra de la norma: bastaría con convertir algunas webs de enlaces actuales en buscadores pretendidamente "neutrales".

El Consejo de Estado recuerda que fue el Consejo Fiscal el que propuso "tipificar la gestión de páginas de descarga de contenido protegido". El Consejo General del Poder Judicial se ha quejado de que "no ha podido opinar" sobre el texto que se le remitió al Consejo de Estado y, en concreto, su portavoz, Gabriela Bravo, citó la propiedad intelectual y la edad de consentimiento sexual.

Supresión de las faltas

El Consejo de Estado, por otra parte, no ve con buenos ojos la supresión de las faltas en el Código Penal. Asegura que se sustituye la "intervención directa de un juez imparcial" por "la potestad sancionadora de la Administración" y que puede que aquellos que se declaren insolventes y sin bienes embargables pueden librarse de una sanción.

El dictamen dice que "la exclusión de algunas conductas del ámbito penal y de su jurisdicción, reconduciéndolas hacia la vía civil o administrativa (y contenciosa)" puede tener como consecuencia que se incrementen los "recursos movilizados por el Estado" y los costes para los afectados. Por otro lado, dice que tendrá una "repercusión social" el hecho de que algunas faltas pasen a ser delitos leves . El Consejo echa en falta "una más detenida justificación de las razones" para la supresión de las faltas.

Aunque avala su constitucionalidad el Consejo critica las formas del Gobierno a la hora de introducir en el ordenamiento la prisión permanente revisable ya que, aunque "responde a una libre opción de política legislativa", dice que "no ha sido suficientemente justificada"; lo mismo opina de la extensión de la libertad vigilada, considerando "altamente desaconsejable que una extensión de la medida suscitase unas expectativas sociales que no pudiesen luego cumplirse con los medios disponibles".

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