El juez rechaza los recursos de Bernácer y Morenilla y confirma su fianza de 13,7 millones de euros

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, encargado del conocido como 'caso Emarsa', ha desestimado los recursos interpuestos por los imputados Ignacio Bernácer y José Juan Morenilla, exjefe de Explotaciones de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar) y exgerente de la sociedad, respectivamente, y ha confirmado la fianza impuesta para cada uno de ellos, que asciende a 13.700.000 euros.

El juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, encargado del conocido como 'caso Emarsa', ha desestimado los recursos interpuestos por los imputados Ignacio Bernácer y José Juan Morenilla, exjefe de Explotaciones de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (Epsar) y exgerente de la sociedad, respectivamente, y ha confirmado la fianza impuesta para cada uno de ellos, que asciende a 13.700.000 euros.

Así consta en dos autos distintos con fecha de este lunes, dictados por el magistrado que instruye el 'caso Emarsa', en el que se investiga un agujero millonario en la empresa que gestionó la depuradora de Pinedo de Valencia. El magistrado confirma las fianzas y afirma que si procede, ordenará el embargo de sus bienes para cubrir la cantidad fijada.

Tanto Bernácer como Morenilla presentaron un recurso de reforma contra el auto dictado el pasado mes de julio por el magistrado, por el que se les fijaba una fianza de 13.700.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran declararse procedentes en el transcurso de la causa.

El juez desestima ambos recursos en base a diferentes argumentos. Así, estima que de las diligencias practicadas, en particular las testificales y la "copiosa" prueba documental, se revela que sin la intervención de los recurrentes y sin su concierto, "no habría sido posible que se fijara un sobreprecio, absolutamente desproporcionado, en el coste de la gestión agrícola de los lodos procedentes de la planta de Pinedo, manteniendo dicho exceso en el coste unitario a lo largo de los años".

Al respecto, agrega que la documental aportada revela que la mayor parte de las depuradoras financiadas por convenio tienen fijado como coste unitario para la aplicación agrícola de lodos unos 20 euros por tonelada, aproximadamente. Algunas de ellas tienen establecido desde la Epsar un coste que ronda los 24 euros por tonelada. Pero no los 42 euros que se fijaron en este caso.

Por tanto, estima que los imputados no podían ignorar que los precios sucesivamente fijados en relación con el convenio suscrito entre Epsar, Emarsa y Emshi excedían del coste unitario que de manera habitual venía estableciendo la entidad de saneamiento para otras edares financiadas por convenio.

Asimismo, recuerda que tanto Morenilla como Bernácer son profesionales del sector y conocían cuáles eran las tareas necesarias para proceder a la aplicación en la agricultura de los lodos procedentes de las estaciones depuradoras de aguas residuales, así como el coste que para las empresas del sector suponía dicha actividad.

Por lo tanto, señala que éstos debían conocer "a la perfección" que no había ninguna empresa del sector que solicitara por dicho servicio el precio de 42 euros por tonelada y, pese a ello, decidieron fijar, junto con otros imputados, este precio como coste unitario para la gestión y aplicación agrícola de los lodos, así como su mantenimiento año tras año hasta la disolución de Emarsa.

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