Hacienda declara el incumplimiento de condiciones para una subvención de 4,18 millones concedida a Delphi en 2003

El Ministerio de Hacienda ha declarado el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de una subvención de 4.182.120 euros concedida en 2003 a Delphi Automotive Systems España, S.L., que, entre otras cuestiones, se comprometía a mantener el empleo en su planta de Puerto Real (Cádiz), las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y también al mantenimiento de las inversiones subvencionadas durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia, cantidad que supera los 46 millones de euros.

El Ministerio de Hacienda ha declarado el incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de una subvención de 4.182.120 euros concedida en 2003 a Delphi Automotive Systems España, S.L., que, entre otras cuestiones, se comprometía a mantener el empleo en su planta de Puerto Real (Cádiz), las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y también al mantenimiento de las inversiones subvencionadas durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia, cantidad que supera los 46 millones de euros.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica en su edición de este lunes, consultada por Europa Press, un acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos que declara el incumplimiento de condiciones de éste y otros cuatro expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales. La cuantía del resto de expedientes es significativamente inferior —entre 148.042 y 850.190 euros— y afecta a las comunidades de Aragón, Galicia, Castilla y León y Valencia.

En el caso concreto de Delphi —multinacional de automoción que cerró la fábrica puertorrealeña el 31 de julio de 2007—, el incentivo fue otorgado por acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 11 de diciembre de 2003, siendo notificado por medio de resolución individual que establecía las condiciones especificas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados incentivos. Dicha resolución individual fue "aceptada" por la empresa receptora.

Según recoge el BOE, fue la Junta de Andalucía la que el 9 de julio de 2012 emitió un informe sobre ejecución del proyecto del que se deducía el "incumplimiento en el mantenimiento de las inversiones subvencionadas durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia, en el mantenimiento del empleo, en el cumplimiento de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y en el cumplimiento de la condición de disponer de todos los permisos, licencias y autorizaciones pertinentes". Por ello, se inició el oportuno expediente de incumplimiento.

Instruido dicho expediente de incumplimiento, se puso de manifiesto el "incumplimiento total de la condición de mantener inversiones por importe de 46.468.000 euros durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia al haberse producido el cese de la actividad, el incumplimiento total de la condición de mantener 1.650 puestos de trabajo, con los tipos de contratos señalados en la resolución, en el centro de trabajo objeto del proyecto, existiendo destrucción de empleo, el incumplimiento de la condición de acreditar el cumplimiento formal de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social, y el incumplimiento de la condición de disponer de todos los permisos, licencias y autorizaciones pertinentes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre".

En consecuencia, declarado el incumplimiento por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, se modifica el importe de las subvenciones concedidas en proporción al alcance del incumplimiento, que es del cien por cien en este caso, con lo que la subvención desaparece.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición ante la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación del mismo.

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