La reforma del Código Penal eleva a 6 años las penas para incendios graves y a 9 si afectan a zonas protegidas

El Gobierno endurece las penas por hurtos en el campo al considerar que había que dotar de mayor protección a las explotaciones
Incendio próximo a Santiago declarada la alerta 1
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EUROPA PRESS
Incendio próximo a Santiago declarada la alerta 1

La reforma del Código Penal contempla un endurecimiento de las penas para los autores de aquellos incendios que se consideren especialmente graves. La pena prevista actualmente para estos delitos es de tres a cinco años de cárcel y, con la reforma, se elevará hasta los seis.

Cuando los fuegos afecten a espacios naturales protegidos se castigarán del mismo modo que los delitos contra el medioambiente, lo que significa que sus autores podrán ser castigados con la pena superior en grado, que en este caso supone nueve años de prisión.

Además, se modificará la Ley del Jurado para que estos delitos pasen a ser competencias de tribunales integrados por jueces profesionales.

El nuevo Código Penal añade al catálogo de supuestos agravados que contenía el artículo 353 del vigente los incendios que afecten a zonas próximas a poblaciones o lugares habitados; a zonas forestales que constituyan el hábitat de especies animales en peligro de extinción o de flora amenazada; o que sean provocados en un momento en el que las condiciones climatológicas o del terreno incrementen de forma relevante el riesgo de propagación.

Este texto pretende dar también una "mayor protección penal de los animales". Así, aumenta la seguridad en la aplicación de la norma a través de una definición de animales protegidos, que incluye a todos los que no viven en estado salvaje. La pena se ve agravada cuando se causa la muerte y se añade la posibilidad de imponer una inhabilitación para la tenencia del animal.

El presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo, ante la problemática de los incendios forestales en Galicia, había reclamado un aumento de las penas por este tipo de delitos.

Hurtos en el medio rural

El Gobierno ha aprobado este viernes el proyecto de Ley de reforma del Código Penal, que incluye la propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de endurecer las penas por los hurtos cometidos en el medio rural.

La proliferación de los robos cometidos en el medio rural está causando un perjuicio muy elevado a los propietarios, no sólo por el producto sustraído, sino también por los daños que se causan en sus instalaciones, en ocasiones con un valor superior al del producto robado.

Para paliar esta situación, se va a incluir en el Código Penal, dentro de la tipificación de hurto y en los supuestos en los que este delito se castiga con penas de prisión de uno a tres años, una nueva circunstancia relativa a que se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los medios e instrumentos que se utilizan para su obtención.

Además, las penas serán de uno a cuatro años de prisión cuando la persona que cometa el delito de hurto porte un arma o cuando pertenezca a una organización criminal constituida para la comisión continuada de delitos contra la propiedad, y otro de sus integrantes participe en la comisión del delito.

"era necesario"

El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha subrayado que en la reforma se ha tenido en cuenta las recomendaciones realizadas por las asociaciones agrarias. "Nos trasladaron sus recomendaciones por medio del ministro Miguel Arias Cañete, las estudiamos en profundidad y sustancialmente están todas incorporadas en la reforma", ha explicado en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Ruiz-Gallardón ha considerado que estos cambios eran necesarios porque se trata de "situaciones de especial riesgo", ya que las "explotaciones agrarias españolas" han cambiado en la actualidad y "por norma general no están acompañadas de espacios habitacionales como consecuencia de las comunicaciones", por lo que había que dotarlas de una mayor protección.

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