Condenados a ocho años de inhabilitación por prevaricación el exalcalde de El Puerto y un concejal

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha condenado al exalcalde de El Puerto de Santa María (Cádiz), Hernán Díaz (IP), y al que fuera su concejal de Urbanismo, Juan Carlos Rodríguez, a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación por el derribo en 2004 de la Casa Vizarrón, conocida como Casa de las Cadenas, un edificio protegido que se erigió a fines del siglo XVII.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Cádiz ha condenado al exalcalde de El Puerto de Santa María (Cádiz), Hernán Díaz (IP), y al que fuera su concejal de Urbanismo, Juan Carlos Rodríguez, a ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito de prevaricación por el derribo en 2004 de la Casa Vizarrón, conocida como Casa de las Cadenas, un edificio protegido que se erigió a fines del siglo XVII.

La sentencia inhabilita igualmente al actual jefe del servicio municipal de Licencias y Disciplina Urbanística, Fernando Jiménez Fornell, para ejercer su labor como funcionario municipal en el mismo periodo. La condena más dura ha sido para los promotores de la obra (padre e hijo) con penas de un año y seis meses de cárcel, además de una multa de 9.000 euros y pago de costas y responsabilidad civil, es decir, dejar el inmueble como estaba "reconstruyendo la parte derribada"; según ha explicado a Europa Press el parlamentario de IU, Ignacio García, cuya formación denunció los hechos y ha actuado como acusación particular.

García, en líneas generales, ha realizado una valoración "positiva" de la sentencia porque "nos da la razón al venir a decir que nunca se debió de tirar" y porque constituye, además, "un elemento de protección para la parte de la Casa de las Cadenas que queda" y que, según asegura, "también ha sido sometida a agresiones de alguna manera y hay muchas ambiciones a su alrededor". Además, entiende que supone un "aviso a navegantes para que tantos funcionarios como representantes institucionales eviten la tentación de poner por delante del interés general el personal. Esperamos que sirva de ejemplo", subraya.

Aún así, Ignacio García ha lamentado que la sentencia haya tardado nueve años —los hechos ocurrieron en septiembre de 2004—; y que "curiosamente", aunque condena al pago de costas, de éste ha quedado excluida Izquierda Unida. Por ello, ha lamentado que la acción popular, ejercida por su formación, no se pague, "a pesar de que lo hemos mantenido vivo y hemos conseguido que se haga justicia".

Asimismo, ha mostrado "sorpresa" porque el Juzgado no haya impuesto sanciones económicas al exalcalde portuense, ni a su concejal ni al técnico municipal. "Si se compara por ejemplo con los trabajadores del SAT, que por ocupar una finca acumulan multas de 900.000 euros, sorprende que no haya aquí ningún tipo de sanción económica", incide.

En este sentido, ha recordado que la "única" sanción que hubo en su día fue "administrativa" e interpuesta por la Junta de Andalucía, precisando que el Ayuntamiento pagó finalmente esa sanción de 150.000 euros. Por ello, considera que, al final, han sido los portuenses que "no querían que se derribase el edificio, los únicos que han pagado una sanción, mientras los causantes políticos se van de rositas".

Finalmente, Ignacio García ha avanzado que su formación está estudiando si recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial de Cádiz.

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