Publicada la Orden de ayudas a la electrificación con sistemas de energías renovables en edificaciones rurales

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este miércoles, 7 de agosto, la Orden de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural por la que se convocan ayudas a la electrificación en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular, mediante el empleo de sistemas de producción de energía, prioritariamente autónomos, basados en energías renovables.
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El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publica este miércoles, 7 de agosto, la Orden de la Consejería de Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural por la que se convocan ayudas a la electrificación en edificaciones aisladas del medio rural, de propiedad particular, mediante el empleo de sistemas de producción de energía, prioritariamente autónomos, basados en energías renovables.

De acuerdo con la Orden, las edificaciones han de ubicarse en municipios cántabros con una población inferior a 15.000 habitantes o, en el supuesto de que sea superior a esta cifra, que la edificación pertenezca a un núcleo cuya población, en conjunto, sea inferior a 2.500 habitantes.

El objeto de la disposición correspondiente a las edificaciones particulares, a las que se destinará un total de 50.000 euros, es proporcionar ayudas para paliar el coste de las instalaciones de producción de ahorro de energía eléctrica para uso individual.

Serán subvencionables los gastos correspondientes a las actuaciones necesarias para dotar de suministro de energía eléctrica para consumo propio, por sistemas autónomos y fijos de producción energética, a edificaciones situadas en el medio rural, quedando excluida la venta, cesión o desvío de la totalidad o parte de la energía producida para otros usos distintos.

También serán subvencionables los gastos de ampliación de las instalaciones necesarias para aumentar la potencia disponible, siempre que ésta se produzca por medio de energías renovables. Solamente serán objeto de subvención aquellos proyectos cuyo coste de la inversión elegible, excluido el IVA, sea superior a 1.500 euros.

El plazo para presentar la solicitud de subvención será de un mes a partir del 7 de agosto, pudiendo ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas que tengan su residencia fiscal en Cantabria y sean propietarias de edificaciones con alguno de los siguientes usos: vivienda para uso permanente o temporal; instalaciones agrícolas y ganaderas cuya superficie en planta sea superior a 30 metros cuadrados; otras edificaciones para uso agroalimentario u otras construcciones destinadas a uso general, como almacenes o pajares.

La Electrificación Rural en Cantabria, y así se reconoce en la Orden, ha significado en las últimas décadas un "importante impulso" para la región, pero aún quedan un gran número de edificaciones aisladas, situadas en lugares alejados de los centros de energía, que no han podido ser electrificadas debido al elevado coste de las obras precisas para dotarlas de este servicio. De ahí que se trate de dar respuesta a estos casos buscando otras alternativas a la energía convencional.

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